IRPF

Recomendaciones fiscales para autónomos con las que reducir su factura de la Renta 2021 antes de las campanadas

La fecha máxima para tomar estas decisiones, y que de ellas se deriven efectos fiscales beneficiosos para la declaración de este año, es el 31 de diciembre de 2021

Señal en un cristal del icono de la Agencia Tributaria
Señal en un cristal del icono de la Agencia TributariaCézaro De LucaEuropa Press

Al igual que los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos también apuran los últimos días del año para adoptar medidas que les ayuden a rebajar su factura de la declaración de la Renta 2021. Declarando, plataforma online de asesoramiento fiscal a autónomos, ha confeccionado una guía con consejos que pueden ayudar a los autónomos a optimizar su declaración de la Renta. Eso sí, la fecha máxima para tomar estas decisiones, y que de ellas se deriven efectos fiscales beneficiosos para la declaración de este año, es el 31 de diciembre de 2021.

El primer consejo para que los autónomos optimicen al máximo la declaración de la Renta es hacer una previsión de lo que se va a pagar en la Renta. Para ello, se puede utilizar el simulador de la web de Hacienda, estimando cuál será su beneficio a final de año, y las retenciones de IRPF totales de sus facturas o los pagos del modelo 130, para aquellos que lo tengan. Con este dato los autónomos podrán contralar el tramo de IRPF en el que se mueven. Conviene recordar que el IRPF es un impuesto progresivo; es decir, va aumentando según crecen los beneficios y existen tramos a los que se les aplica un porcentaje distinto. “En consecuencia, cualquier nuevo ingreso que suponga saltar de tramo en la Renta puede hacerle pagar más a Hacienda”, advierte Declarando. Por eso, puede resultar interesante anticipar gastos o inversiones (coches, ordenadores) y planificar la jubilación y la cuota a la Seguridad Social. Estas son algunas de las medidas que se pueden adoptar.

Amortización de hipotecas

La deducción por inversión en vivienda habitual que se podía practicar al hacer la declaración de la renta se suprimió el 1 de enero de 2013. Sin embargo, las personas que formalizaron su préstamo hipotecario antes de esa fecha todavía se pueden desgravar una parte de las cuotas que pagan cada mes. Se puede desgravar hasta un 15% sobre un máximo anual amortizado de 9.040 euros. “Pero cuidado, eso es el máximo, si calculamos nuestra renta, quizás averigüemos que a partir de 5.000 euros ya no provoca ningún cambio en nuestra base imponible”, advierte la plataforma de asesoramiento fiscal para autónomos. También se puede practicar la deducción si se modifica la hipoteca en caso de amortización anticipada. en caso dellevar a cabo una subrogación de acreedor o en caso de contratar una nueva hipoteca para cancelar la que tenga.

Revisión de cuotas a la Seguridad Social

La cuota de autónomos es un gasto que va íntimamente ligado al ejercicio de la actividad profesional y es indudablemente necesario para desempeñarla. Por tanto, es íntegramente deducible. “El 86% de los autónomos cotizan por la base mínima, así que puede ser una buena decisión subir la cuota para mejorar la pensión futura y pagar menos a Hacienda”, aconseja Declarando.

Planes de pensiones y Plan de Previsión Asegurado (PPA)

Estos desgravan fiscalmente, si bien hasta un límite de aportación de 2.000 euros el 30% de la suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas. En 2020, la cuantía que podía desgravarse de la base imponible del IRPF alcanzaba los 8.000 euros. En 2021, disminuyó a 2.000 y el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 prevé reducir este límite hasta los 1.500 euros a partir del 1 de enero próximo, por lo que este año todavía es más interesante agotar el límite con aportaciones hasta 31 de diciembre.

Suscripción de seguros

Las primas de los seguros se consideran un gasto deducible siempre que los seguros estén relacionados con la actividad profesional. El seguro de responsabilidad civil es deducible al 100%; el seguro de vida o médico también, siempre que estén vinculados con la actividad; por ejemplo, que haya pedido un crédito o préstamo para desarrollar su actividad o invertir en ella y el banco le haya obligado a contratarlo. Otro seguro que es deducible es el de salud. En este último caso, existe una limitación de 500 euros por asegurado que forme parte de la unidad familiar. Por ejemplo, una unidad familiar de cuatro personas podrá deducirse hasta 2.000 euros.

Productos de Ahorro

PIAS: las cuotas de los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) no son deducibles en el IRPF, pero cumpliendo una serie de condiciones todo el rendimiento generado durante toda la duración de la póliza está exento del pago de impuestos una vez que se recata el capital.

SIALP: un SIALP es un seguro individual de ahorro a largo plazo. Quien lo contrata se puede beneficiar de las ventajas fiscales de esta herramienta siempre que mantenga la inversión un mínimo de cinco años y no supere los 5.000 euros por persona y año. Cumpliendo estas exigencias el cliente se beneficiará de la exención fiscal de los intereses que se hayan generado por el SIALP. En caso de realizarse un rescate total, hay que tributar como rendimientos de capital mobiliario.

Gastos deducibles

Otra manera de reducir la base imponible y de pagar menos dinero a Hacienda consiste en tener muy en cuenta cuáles son los gastos deducibles inherentes al desempeño de la actividad. No obstante, hay que ser cuidadosos a la hora de aplicarlos, advierte Declarando, pues algunos pueden ser interpretables por Hacienda en caso de producirse alguna inspección. He aquí algunos gastos con importante relevancia fiscal para considerarlos antes de concluir el año:

-Gastos de compra y reparación de bienes de inversión para el desarrollo de la actividad por más de 3.000 euros. En el caso del IRPF, no se puede restar todo el importe de una vez. La ley obliga a hacerlo poco a poco, lo que se conoce como amortización fiscal.

-Gastos derivados de la compra o el uso de un vehículo destinado exclusivamente para la actividad profesional.

-Se consideran gastos de atención a clientes y proveedores los gastos de merchandising y regalos que se entregan en nombre del negocio. Estos son deducibles, pero solo pueden sumar un máximo del 1% de la facturación.