Energía
Esta es la forma de actuar si llama a su puerta un supuesto comercial eléctrico
Desde 2018 la visita a domicilio de las comercializadoras eléctricas y gasistas para ofrecer sus productos a los clientes es una práctica ilegal
La venta de servicios como gas o luz puerta a puerta de comerciales de distintas compañías estaba muy extendida por todo el territorio nacional hasta hace algunos años. Lo normal era que al abrir la puerta la persona encontrara algún vendedor que le ofreciera nuevas tarifas para contratar.
No obstante, desde octubre de 2018, el Congreso de los Diputados aprobaba un Real Decreto Ley mediante el que anunciaba que la visita de las comercializadoras eléctricas y gasistas a los domicilios de clientes así como potenciales clientes para ofrecer sus productos pasaba a ser una práctica ilegal.
Esta decisión de prohibir este tipo de prácticas fue impulsada por unos informes de la Comisión Nacional del los Mercados y la Competencia (CNMC), los cuales mostraban los engaños que se produjeron con las visitas domiciliarias para la comercialización de energía, ya que son muchas las situaciones en las que un ciudadano puede convertirse en víctima de los estafadores.
Por lo tanto, si un supuesto comercial acude a su vivienda bajo el pretexto de la contratación de luz y gas de una compañía; y sin previo aviso, es importante que se desconfíe ya que esta persona podría tratarse de un estafador. Esta ha sido la recomendación de la Policía Nacional, quien ha recordado a través de redes sociales la forma de actuar en el caso de que llamen a la puerta de casa bajo este pretexto.
Sanción de las compañías que incumplan las normas
Dado que desde octubre de 2018, es ilegal que las empresas de gas y luz vayan puerta por puerta tratando de vender contratos a nuevos clientes, la policía recomienda que en el caso de que esta práctica suceda, la persona afectada llame al 091.
En el caso de que se trate de un estafador, la Policía se personará y ésta tendrá que tomar cartas en el asunto. No obstante, si es la compañía la que está realizando estas prácticas, se enfrentarán a una posible inhabilitación para actuar como comercializadora durante un año y además podrán enfrentarse a multas de hasta 6.000 euros.
Por lo tanto, las perdidas de las compañías que realicen estas prácticas son bastante elevadas, haciendo que la empresas hayan dejado de mandar comerciales puerta a puerta con el objetivo de captar a nuevos clientes.
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