Protestas

Arranca la huelga de controladores que afecta al 30% de los vuelos operados en España

Los servicios mínimos oscilan entre el 18% y el 84%

A las 00.00 horas de hoy lunes ha arrancado la huelga de controladores aéreos convocada por USCA y CC OO en las torres privatizadas. Ambas centrales han llamado a secundar las movilizaciones a un total de 160 controladores aéreos de 16 aeropuertos nacionales (La Coruña, Alicante-Elche, Castellón, Cuatro Vientos, El Hierro, Fuerteventura, Ibiza, Jerez, Lanzarote, La Palma, Lérida, Murcia, Sabadell, Sevilla, Valencia, Vigo) que concentran el 28,5% de los vuelos operados en España. Los paros, de 24 horas, han sido programados para los próximos cinco lunes.

La huelga, convocada según los sindicatos ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo sobre el nuevo convenio colectivo con las compañías gestoras de estas torres, cuenta con unos servicios mínimos que oscilan entre el 18% y el 84%, según la resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma). El Departamento ha fijado unos servicios mínimos en función del tipo de ruta, que alcanza el 100% para vuelos de emergencias, traslado de ciudadanos o extranjeros custodiados por funcionarios policiales o transporte de correo postal universal o productos perecederos. Para los vuelos comerciales con rutas con origen o destino en territorios no peninsulares, los servicios mínimos oscilan entre el 52% de Lérida y el 84% de La Coruña, en función de la ocupación estimada.

En caso de rutas con ciudades extranjeras o españolas cuyo tiempo de desplazamiento por carretera sea de al menos cinco horas, los servicios mínimos se sitúan entre el 44% de La Palma y el 57% de Alicante. En los trayectos que puedan sustituirse por otros medios de transporte público en menos de cinco horas, los servicios mínimos se encuentran entre el 18% de Castellón y el 30% de Vigo.

Reclamaciones

A pesar de que la huelga puede ocasionar retrasos y problemas en el tráfico, desde AirHelp han recordado hoy que los pasajeros no tienen derecho a una compensación económica aunque sí a que la aerolínea proporcione un transporte alternativo.

La organización especializada en defender los derechos de los pasajeros aéreos ha recordado que los pasajeros tienen derecho a reclamar. Debido a la huelga, muchos puede que no lleguen a sus destinos tal y como estaba previsto. La reserva en un nuevo vuelo debe ser efectuada por la propia compañía aérea. En el caso de vuelos nacionales, se podrá ofrecer un billete de tren como alternativa. Si la aerolínea no toma esta iniciativa, los pasajeros afectados tendrán derecho a solicitar un transporte alternativo a partir de las tres horas de retraso a partir de la hora de salida prevista. Si la petición sigue sin ser atendida, estos viajeros podrán buscarse ellos mismos otros recursos y, posteriormente, hablar con la aerolínea para que cubran los costes.

En el caso de un retraso de más de cinco horas, o con una salida alternativa posterior a este tiempo, AirHelp recuerda que la compañía aérea también está obligada a reembolsar el precio íntegro del billete.

En el caso de retrasos de más de dos horas y una distancia superior a 1.500 kilómetros, la aerolínea también debe proporcionar comida y bebida en el aeropuerto a los pasajeros. Además, debe facilitar la realización de dos llamadas telefónicas o el envío de dos correos electrónicos. Si el retraso o la cancelación obligara a los pasajeros a pernoctar, la aerolínea también debe proporcionar alojamiento y el transporte de ida y vuelta desde el aeropuerto. En cualquier caso, se aconseja reclamar este servicio a la aerolínea, señalan desde AirHelp.

No obstante, al tratarse de una huelga de controladores aéreos, por norma general, los pasajeros afectados no tienen derecho a una indemnización económica, ya que es personal externo a la aerolínea.

Según la ley que regula los vuelos que tienen salida o destino en la UE, los pasajeros tienen derecho a una indemnización adicional de hasta 600 euros en caso de retrasos de más de 3 horas en llegada a destino, cancelaciones sin aviso previo antes de los 14 días anteriores de la fecha de salida y aquellos pasajeros a los que se deniegue el embarque por overbooking provocado por la aerolínea. La reclamación para la obtención de esta compensación económica puede realizarse con carácter retroactivo hasta tres años después de la fecha de vuelo.

Esta reclamación depende y puede variar según el motivo de la interrupción del vuelo. Por ejemplo, las condiciones meteorológicas adversas o las urgencias médicas pueden eximir a la compañía aérea de la obligación de compensación.

En caso de huelgas, siempre que sea de personal de la aerolínea, los pasajeros sí tienen derecho realizar sus reclamaciones económicas.