Trabajo
La bronca del jefe a un camarero por encender el aire acondicionado con 32 grados: "No son así las cosas"
SoyCamarero denuncia en redes la situación laboral de un compañero de profesión: "Si no hay clientes apagamos los aires, como si el personal no fuera humano"
Por todos es sabido que el aire acondicionado consume mucha energía y, que si se hace un uso indiscriminado del mismo, la factura de la luz puede aumentar considerablemente. No obstante, cuando el calor es extremo y las temperaturas ya superan los 30 grados en buena parte de la geografía nacional, este aparato se vuelve casi imprescindible, sobre todo en bares y restaurantes.
Los establecimientos de restauración en verano son un auténtico foco de calor. Las cocinas en pleno funcionamiento, los equipos encendidos, la escasa ventilación o incluso el número de personas que se encuentran dentro son algunos de los factores que más afectan a que la temperatura interior de los bares aumente significativamente y que trabajar sin aire acondicionado sea casi un peligro para la salud. Pero, ¿puede un empresario prohibirles a sus trabajadores utilizar este aparato en plena temporada estival?
SoyCamarero, la cuenta de X (antes Twitter), ha denunciado una situación laboral injusta que ha vivido un compañero de profesión en este aspecto y señala que "en otros casos directamente nos dice el “jefe” que si no hay clientes apagamos los aires, como si el personal no fuera humano".
El camarero recibía un mensaje de WhatsApp por la tarde de su jefe en el que le preguntaba si había puesto el aire acondicionado en el local, a lo que este respondió que sí, puesto que los clientes estaban jugando a las cartas y se "estaban mareando del calor". Y es que, en ese momento, había 32 grados en la calle y estaba dando "el sol de lleno" dentro del establecimiento.
A estos mensajes el empresario respondió que "no son así las cosas", ya que no se debería encender el aparato sin consultarle y "a saber a que temperatura": "Ya hablaremos", alertaba.
El trabajador aseguró que si en la calle había 32 grados, dentro del local esta temperatura era mayor por las cámaras y demás dispositivos, sobre todo a partir de las 16:00 horas de la tarde. "Se encierra el calor y no paro de sudar", se quejaba en su mensaje.
Aunque la legislación española no establece un límite estricto para la temperatura máxima en el lugar de trabajo, sí existen regulaciones que buscan mantener condiciones seguras.
El Real Decreto 486/1997, que regula las condiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, especifica que se deberán evitar las temperaturas extremas o los cambios bruscos de temperatura en los puestos de trabajo. Por tanto, especifican que, en los locales de trabajo cerrados, deberán cumplirse las siguientes condiciones:
- Para trabajos sedentarios -oficinas, tareas administrativas o similares-, la temperatura del espacio de trabajo deberá estar entre los 17 y los 27 grados.
- Para trabajos ligeros -como los que se realizan en comercios, restaurantes...-, la temperatura debe oscilar entre 14 y 25 grados.
De esta forma, la temperatura en los establecimientos de hostelería podrá estar en 25 grados para mantener las condiciones mínimas de seguridad y salud de los camareros, cocineros y demás trabajadores en su puesto.