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Desconexión digital

Consecuencias de la desconexión digital: multan a una empresa por incluir a una trabajadora en un grupo de Whatsapp

La Agencia Española de Protección de Datos ha multado a una empresa por incumplir la normativa

Los mensajes te pueden llegar por cualquier lado, pero son frecuentes por WhatsApp Pixabay

La desconexión digital es un derecho de los trabajadores reconocido por la ley. Y es que con la progresiva digitalización de la economía y de los entornos laborales, las condiciones de trabajo se han visto modificadas con el paso de los años.

Esto implica que las empresas y los empleados hacen uso de medios digitales a la hora de trabajar. Sin embargo, estas nuevas herramientas provocan una serie de consecuencias sobre los trabajadores. Una de ellas es la dificultad para desconectar del trabajo, y por ello se acordó la aplicación de una ley que evitara este problema.

El derecho a la desconexión digitalcontribuye a garantizar el derecho al descanso, a la intimidad personal y familiar, a la conciliación y a una protección eficaz de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

Ante esta medida, las empresas que no cumplan con esta normativa tienen consecuencias. Y así ha ocurrido. Una empresa ha sido multada con 70.000 euros por incumplir la desconexión digital con una de sus trabajadoras.

Multa por no respetar la desconexión del empleado

Los trabajadores tienen el derecho de estar ausentes cuando finaliza su jornada laboral. Es lo que solicitaba una trabajadora de una empresa después de ser incluida en un grupo de WhatsApp con su número privado. La empleada solicitó a la empresa de manera verbal y por correo su intención de no estar presente en dicho grupo, pero la empresa hizo caso omiso.

Cuando se salía del grupo, la empresa la volvía a incluir en él, impidiendo su descanso. Por ello, la afectada decidió recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), la cual ha interpuesto una multa de 70.000 euros por incluir a la demandante en un grupo de WhatsApp laboral sin su consentimiento.

En este sentido, la resolución considera que la empresa vulneró el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al obligarla a utilizar su móvil privado en tareas laborales y reincorporarla a grupos de trabajo durante sus vacaciones, a pesar de su negativa expresa.

La alternativa que debe manejar la empresa

El trabajador está en su derecho de no estar en contacto con la empresa a través de su número privado. Por ello, una alternativa que proponen muchas compañías es la de facilitar un número de móvil adicional que solo sirva para el trabajo.

En este caso, el empleado puede dejar apartado el teléfono en sus vacaciones y la empresa no estaría cometiendo ninguna acción sancionable.

La sanción a la empresa se reduce

A pesar de que la multa era de 70.000 euros, la empresa ha conseguido reducir esta cuantía. Y es que la empresa se ha acogido a dos reducciones que dejan la sanción en 42.000 euros. Por un lado, una de las reducciones se debe al reconocimiento de responsabilidad y por pronto pago.

¿Qué leyes recogen la desconexión digital?

Para saber que normativas amparan a los trabajadores en este tipo de casos, es necesario acudir al Estatuto de Trabajadores y a la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales.

Por un lado, el artículo 20 bis del estatuto recoge los derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión: "Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales".

En cuanto a la ley orgánica, se establece el derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral de la siguiente forma: "Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a

fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar".

Además, también se apunta que la empresa se encargará de elaborar una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática.