
Laboral
El despido automático por razón de incapacidad laboral permanente queda eliminado
Mañana entra en vigor la nueva ley tras publicarse en el BOE

La prohibición del despido automático por razón de incapacidad laboral permanente ya es un hecho. Mañana entra en vigor la ley que elimina como causa automática de extinción de contrato el reconocimiento de la incapacidad permanente. Esta norma modifica el Estatuto de los Trabajadores "para garantizar, de una manera más eficaz, el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacidad", apunta el texto del proyecto publicado en el BOE, que confirma la reforma del artículo 49 de la Constitución Española, operada en febrero de 2024, que elevaba al mayor rango legal la no discriminación de las personas con discapacidad en todos los ámbitos, incluido el laboral.
Con la activación de esta nueva norma, el trabajador podrá decidir voluntariamente si desea la extinción del contrato o prefiere que la empresa le adapte el puesto para continuar trabajando o le busque uno nuevo, siempre que esto no suponga un coste excesivo. Así, podrá solicitar, en un plazo de un mes desde la notificación del reconocimiento de incapacidad permanente, el mantenimiento de su puesto y, a partir de entonces, la empresa tendrá tres meses para adaptarlo a las nuevas necesidades, cambiarlo a otro o extinguir el contrato si se dan las condiciones requeridas.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha celebrado su entrada en vigor porque se destierra del ordenamiento jurídico español una "discriminación histórica" para los trabajadores con discapacidad sobrevenida, porque la aparición de una incapacidad permanente, en sus grados de total, absoluta y gran incapacidad, no significará la extinción de la relación laboral, como ocurría hasta ahora, sino que el trabajador contará con la opción de continuar en la actividad productiva, siendo obligación del empleador la realización de ajustes razonables en el puesto o entorno de trabajo, o el proporcionar una posición laboral alternativa adecuada a las circunstancias del trabajador, siempre que no suponga una carga excesiva. Con la publicación de esta ley, culmina un proceso político y legislativo iniciado en 2024, acordado entre el Ministerio de Trabajo y el Cermi.
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