
Derecho laboral
Si tu empresa no te avisa de las vacantes disponibles te podría pagar una compensación según el Estatuto de los Trabajadores
La comunicación de estos puestos de trabajo debe darse en los siguientes casos. Además, si la empresa no informa sobre esto puede meterse en un gran problema

El respeto a los derechos del trabajador es un pilar fundamental en cualquier entorno laboral y su cumplimiento no solo garantiza un clima sano dentro de la empresa sino que también evita consecuencias legales de gran impacto. Según el Estatuto de los Trabajadores, toda empresa debe asegurar condiciones dignas de trabajo que incluyan el respeto a la jornada laboral, el derecho al descanso, la retribución adecuada y la protección frente a riesgos profesionales. Ignorar estas obligaciones no solo deteriora la relación entre empleador y empleado sino que también atenta contra la productividad y la reputación corporativa.
Las consecuencias del incumplimiento pueden ser graves y conllevar importantes sanciones económicas. Las autoridades laborales pueden imponer multas que varían en función de la gravedad de la infracción y que en los casos más serios superan con facilidad los miles de euros. Además de las penalizaciones económicas, la empresa puede enfrentarse a inspecciones, demandas judiciales y medidas de reparación que afecten su actividad diaria. Por ello, actuar conforme a la ley no debe entenderse como una carga administrativa sino como una inversión en estabilidad y confianza que fortalece a largo plazo cualquier modelo de negocio.
Sin embargo, existen varios aspectos que recoge el escrito de los derechos laborales que no son considerados por las compañías, por puro desconocimiento de su existencia o, en algunos casos, como consecuencia de una ventaja que consigue el contratante frente al contratado. Por ende, si en tu trabajo sucede este suceso, es preciso que conozcas las posibilidades que otorga la omisión de esta razón legal. En efecto, el incumplimiento de la notificación de vacantes de empleo a ciertos trabajadores puede traer consigo castigos severos como el pago de sumas económicas y sanciones a recibir por el empleado. Esta compensación, en cuestión del grado de gravedad que estime la Justicia, pueden llegar a alcanzar hasta 750 euros.
La empresa debe avisar de las vacantes de empleo
La compañía cuenta con la obligación de comunicar a sus empleados sobre puestos de trabajo libres o vacantes disponibles en el momento de su existencia. En muchos casos, aquellos trabajadores que, por el momento cuentan con condiciones contractuales deficientes para con el resto de la plantilla, podrían mejorar estos derechos gracias a la ocupación de los puestos esclarecidos. Por el contrario, por miedo a que se consume esta acción, el superior en el organigrama de la empresa trata de evitar que este sujeto sea consciente del conocimiento de lo mencionado. Pero este simple acto puede acarrear múltiples consecuencias perjudiciales para el bolsillo de la entidad.
Por tanto, dentro de los grupos que se encuentran dentro de la obligatoriedad de mostrar vacantes internas se encuentran aquellos que estén contratados a tiempo parcial, con aquellos puestos donde puedan ampliar su jornada con la concesión de un contrato completo. También quedan recogidos todo el personal contratado bajo la condición de fijo-discontinuo, estos deben ser informados de las vacantes permanentes. Por otro lado, los trabajadores que operen a distancia podrían cambiar sus condiciones físicas si existe la posibilidad. Por supuesto, aquellos que se encuentren en periodo de prácticas o formativo, incluyendo a los contratos temporales, pueden acceder a los puestos que ofrecen mejorías con anticipación.
Las sanciones a las que se expone la empresa
Como conclusión, el hehco de notificar la posibilidad de vacantes internas que han quedado vacías sirve como trampolín para que muchos contratados eleven puestos en la empresa, desde lo más bajo de la pirámide jerárquica del organigrama hasta lo más alto. En el caso de que este acto no se desarrolle como debería y, por ejemplo, el superior del departamento no haya notificado a sus empleados, la compañía se enfrentaría a una sanción económica. Dicha infracción, valorada como leve, queda recogida en el artículo 6.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. En función de factores como la reincidencia del acto, los trabajadores implicados y la intención con la que se decide omitir la información, las multas oscilan entre los 70 y los 750 euros.
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