Tributos
Hacienda acelera otra subida de impuestos a las empresas
Activa la tramitación de la directiva europea sobre tipo mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades en plena polémica por la marcha de Ferrovial. Recaudará unos 400 millones anuales
El Gobierno ha decidido «elevar a consulta pública» la transposición de la directiva europea que regulará el nuevo tipo mínimo internacional del 15% en la tributación de Sociedades para grandes empresas y multinacionales. De esta manera, acelera la adaptación al marco normativo español de esta legislación impulsada por la OCDE y aprobada por el Consejo Europeo, que se aplicará a partir de 2024.
Hacienda, que se adelanta con esta decisión a la mayoría de grandes economías de la eurozona en plena polémica por el cambio de sede de Ferrovial a los Países Bajos, ha dado luz verde a los primeros trámites para que las grandes empresas tengan «más complicada la elusión fiscal», explicaron fuentes gubernamentales, por lo que se les obligará en los 137 países firmantes a tributar un mínimo del 15%. Y el Ejecutivo, empeñado en batir todos los récords de recaudación tributaria, quiere asegurarse de su aprobación antes del 31 de diciembre de este año, ya que las elecciones generales hacen que el calendario parlamentario sea más corto de lo habitual por la disolución de las Cortes, prevista para octubre.
El texto en consulta pública recoge los dos métodos establecidos para satisfacer el pago de este mínimo del 15%: la regla de inclusión de rentas (RIR) o la de beneficios insuficientemente gravados (RBIG). La primera de ellas se centra en las matrices residentes en territorio español que cuenten con filiales radicadas en territorios con niveles impositivos bajos. La norma establece que, en estos casos, las compañías estarán obligadas a calcular y pagar un impuesto complementario con respecto a las rentas que obtengan sus entidades constitutivas, hasta alcanzar el 15% mínimo. La segunda entrará en vigor en 2025 y se aplicará en los casos en los que las filiales de grandes conglomerados empresariales residan en España, a la vez que su matriz se ubica en un país con baja tributación. En estos supuestos, se obligará a estas compañías a soportar «la parte correspondiente» del pago de esta nueva obligación impositiva. El objetivo es poner coto a las ventajas de los paraísos fiscales.
Además, la directiva abre la puerta a que Hacienda pueda aplicar un «impuesto complementario nacional admisible» a las entidades que se sitúen en su territorio cuando tributen menos de un 15% y obligarles a pagar la diferencia entre el importe pagado y el tipo mínimo del 15%, por lo que «parte de lo que percibirían otros países o territorios procedentes de entidades situadas en territorio español será satisfecho en la Hacienda española». Las mismas fuentes confirmaron a LA RAZÓN, que Hacienda ya trabaja en ello.
Aunque hay algunas excepciones. La directiva permite una exención de cinco años a aquellas empresas que se encuentren en fase inicial de internacionalización y las que llevan a cabo «actividades económicas reales» podrán excluir un importe de ingresos desde el 10% del valor de los activos materiales en el primer año de aplicación hasta el 5,8% en 2032. En el caso de la masa salarial, estos porcentajes variarán entre el 8% y el 5,4%.
Pese a que fuentes ministeriales explicaron que la incidencia en el caso español será muy pequeña porque el mínimo ya es del 15%, los Presupuestos Generales de 2021 ya reconocían que afectaría a unas 1.047 empresas y que recaudarían 400 millones de euros.
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