Autónomos

Hacienda cambia las reglas: así pueden los autónomos deducir los gastos del coche en el IRPF

Hacienda tendrá que demostrar el uso particular del vehículo si quiere rechazar la deducción

Cada año se matriculan y venden cientos de miles de coches y vehículos en España
Varios coches aparcadosDreamstime

Los autónomos son un colectivo que está obligado a hacer la declaración de la renta de manera anual. Se trata de un requisito de la Agencia Tributaria, por lo que los ciudadanos deben declarar los ingresos obtenidos cada año.

Sin embargo, también cuentan con una serie de gastos deducibles que permiten al trabajador reducir el desembolso y obtener, si así queda establecido, una devolución de dinero por parte de Hacienda. Una de estas deducciones es el gasto en el vehículo profesional.

Y es que la deducción de los gastos del vehículo en el IRPF siempre ha sido un tema conflictivo. Muchos profesionales utilizan su coche tanto para desplazamientos laborales como personales, lo que complicaba determinar qué parte del uso era realmente deducible.

Sin embargo, una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), publicada el pasado 24 de junio de 2025 ha cambiado la normativa, permitiendo que un mayor número de autónomos puedan deducir este gasto en su Renta.

Acreditar el uso profesional: un problema de los ciudadanos

Hasta el momento, era el profesional el que debía demostrar que el vehículo se utilizaba exclusivamente para su actividad económica y no existía un uso personal. Esto generaba muchos problemas a los ciudadanos, puesto que existían grandes dificultades para demostrarlo.

Y es que la normativa del IRPF solo permitía la deducción de los gastos cuando el vehículo se empleaba para el transporte de mercancías, excluyendo a miles de autónomos que aunque no transportaban mercancía, dependían de sus vehículos para prestar los servicios correspondientes. Por ello, a falta de pruebas documentales, Hacienda rechazaba de manera automática las solicitudes de deducción.

La nueva normativa

Sin embargo, la nueva medida que entra en vigor obliga a que sea la propia Hacienda la que deba probar que el vehículo se utiliza para fines particulares si quiere denegar la deducción de los gastos relacionados. De esta manera, se invierte así la carga de la prueba, beneficiando al autónomo.

La resolución del TEAC establece que si un vehículo tiene características que evidencian un uso profesional, como rotulación, herramientas, o carrocería adaptada, se considerará que está afecto a la actividad económica.

Esta presunción se aplicará especialmente en sectores como la construcción, la fontanería, la pintura, la electricidad, las reparaciones o la mensajería, donde el vehículo forma parte esencial del desempeño diario del trabajo.

De este modo, la nueva resolución abre la puerta a que los trabajadores por cuenta propia puedan deducirse los gastos de sus furgonetas sin tener que demostrar su uso exclusivo profesional. “En principio, si la tienes serigrafiada y te dedicas a un oficio, lo normal es que no tengas ningún problema”, apunta el abogado fiscalista José María Salcedo.

¿Qué vehículos serán más fáciles de deducir?

Según apuntan desde Autónomos y Emprendedores, no sólo las furgonetas estarán incluidas entre los vehículos que serán más fácilmente deducibles a partir de ahora. También se añadirán los siguientes:

  • Furgonetas industriales o comerciales.
  • Vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías y herramientas de trabajo.
  • Turismos que estén claramente adaptados para la actividad.

Esto significa que los autónomos podrán aplicar por fin el 100% de los gastos vinculados al vehículo, tanto los relacionados con su propiedad -como la amortización, el seguro o los impuestos- como los derivados del uso diario, como lo es el combustible, las reparaciones, el aparcamiento o los peajes.