Pensiones

Incapacidad permanente: estas son las enfermedades que dan derecho a esta pensión en 2023

Para recibir este tipo de ayuda se exigirán una serie de requisitos generales y de cotización que variarán en función del grado de incapacidad

Paciente con el doctor en una consulta médica. Sanidad busca mejorar la formación continuada en materia de fármacos
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La pensión de incapacidad permanente “es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral”, tal y como explican desde la Seguridad Social. Para recibir este tipo de ayuda se exigirán una serie de requisitos generales y de cotización que variarán en función del grado de incapacidad:

  • Parcial: ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión. Obtiene un pago único correspondiente a las últimas 24 mensualidades de la base reguladora que le pertenece.
  • Total: inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta. La Seguridad Social le abonará en cada mensualidadel 55% de la base reguladora.
  • Absoluta: inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. La Seguridad Social le abonará en cada mensualidad el 100% de la base reguladora.
  • Gran invalidez: cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.

No existe una lista oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que recoja de las enfermedades por las que se concede la incapacidad permanente. Sin embargo hay una serie de patologías que han sido reconocidas como enfermedades que pueden dar lugar a esta prestación. Por ello, desde Campmany Abogados recogen en una tabla con algunas de estas dolencias:

  • 1. Agorafobia: no poder salir a la calle y tener que trabajar es en muchas ocasiones incompatible. Si el Tribunal Médico concede una incapacidad permanente, será porque la afectación es grave y sus síntomas provocan limitaciones.
  • 2. Alcoholismo: lo primero será probar que dicha enfermedad ha repercutido psíquicamente en el afectado, provocando una deficiencia de raciocinio y personalidad, con mermas cognitivas y de la voluntad. Todo ello es incompatible con las exigencias laborales, por lo que puede dar lugar a una incapacidad por alcoholismo.
  • 3. Alzheimer: es muy posible que un afectado de Alzheimer logre una pensión de incapacidad permanente, siempre y cuando el Tribunal Médico lo recomiende si se detecta un deterioro cognitivo y existe una situación de dependencia.
  • 4. Aneurisma: para que las secuelas de una aunerisma cerebral se puedan considerar permanentes será necesario que lo acredite un especialista. En el caso de que la patología sea susceptible de intervención quirúrgica, es preferible esperar entre seis y ocho meses tras la operación para confirmar que las secuelas son de carácter irreversible.
  • 5. Ansiedad: la incapacidad por ansiedad solo se consigue si en el diagnóstico se acredita que la enfermedad ha pasado a ser crónica y recurrente, además de demostrar que se han agotado las posibilidades terapéuticas:
  • 6. Apnea del sueño: para conseguir una incapacidad permanente por apnea del sueño se debe demostrar que la persona afectada ha alcanzado unos determinados valores en la prueba del índice de Desorden Respiratorio. Gracias a ella se puede observar cuántos episodios respiratorios se sufren durante una hora de sueño, y según su frecuencia, el INSS puede conceder un grado u otro de invalidez por apnea del sueño.
  • 7. Arterioesclerosis: la incapacidad permanente por arterioesclerosis se puede conseguir tanto administrativa como judicialmente, aunque será necesaria la valoración del Tribunal Médico para recibir esta pensión.
  • 8. Arteriopatía periférica u obliterante: para obtener una incaica permanente se evalúa en nivel de claudicación intermitentes –dolor muscular– y el tiempo de permanencia de pie.
  • 9. Artritis psoriáisca o reumatoide: el diagnóstico de artritis reumatoide o psoriásica puede merecer una pensión de incapacidad permanente, pero el Tribunal Médico deberá emitirá su recomendación al INSS tras corroborar el grado de afectación y las limitaciones que provoca al que la sufre.
  • 10. Artrosis: es posible acceder a una pensión de invalidez por artrosis (manos, muñecas, codos, cadera, rodillas, pies, tobillos, hombro y/o columna vertebral), tras evaluar la movilidad actual y habiendo de acreditar que se han administrado los tratamientos y fármacos adecuados pero no ha habido mejora.
  • 11. Cáncer: para poder conseguir una incapacidad permanente por cáncer se debe esperar a que finalicen todas las sesiones del tratamiento prescrito. Lo que se valora en estos casos para conseguir una pensión de incapacidad son las secuelas que ha dejado el proceso oncológico en el solicitante. También están reconocidos el cáncer de mama, pulmón y recto.
  • 12. Colitis ulcerosa: a pesar de que se trate de una patología que se puede mantener en remisión por largos periodos, al ser crónica, cuando los tratamientos no la mejoran podría ser motivo suficiente para cobrar una pensión.
  • 13. Demencia: la concesión de la incapacidad permanente dependerá de la gravedad y los síntomas, sin esperar necesariamente a los resultados de los posibles tratamientos.
  • 14. Depresión: se podrá solicitar la incapacidad permanente por un trastorno depresivo mayor que tenga un carácter crónico y recurrente, además de haberse agotado las posibilidades terapéuticas para tratarlo. No obstante, cuando existe un síndrome ansioso depresivo, la incapacidad permanente también puede conseguirse.
  • 15. Enfisema Pulmonar: la espirometría es la prueba que se tiene más en cuenta a la hora de conceder una incapacidad permanente por enfisema pulmonar, ya que sus resultados son fundamentales para ello. Con un marcador del 60% –o inferior– ya se podría ser beneficiario de una pensión de invalidez.
  • 16. Epilepsia: la epilepsia está dentro de las patologías que son motivo frecuente de incapacidad, pero solo si invalida al afectado para desarrollar una actividad laboral.
  • 17. Esquizofrenia: lograr la incapacidad permanente es posible para personas que padecen esta enfermedad de manera crónica. Sin embargo, también es obligatorio que el INSS determine que se han agotado las posibilidades terapéuticas para tratarlo.
  • 18. Fatiga crónica: para recibir la incapacidad permanente se deberán acreditar las limitaciones funcionales concretas. Además, deberá acreditarse el seguimiento específico por un reumatólogo de, al menos, dos años; y que el solicitante se haya sometido a tratamiento psíquico, físico, medicación y terapia conductual, pero que aun así siga permaneciendo la fatiga.
  • 19. Fibromialgia: es bastante común que se consiga una incapacidad permanente por fibromialgia y en función de las secuelas se clasificará la gravedad.
  • 20. Hernia cervical: por ejemplo, una incapacidad por hernia discal dorsal o por hernia cervical c5 c6, para una incapacidad total o absoluta. El Tribunal Médico tendrá en cuenta el tamaño, localización y relación con estructuras circundantes de este tipo de discopatía.
  • 21. Hipertensión pulmonar: dependerá de la gravedad de la disnea (ahogo o dificultad en la respiración) que se experimente mientras se realizan esfuerzos. Sobre todo cuando la medicación para tratar los síntomas no logra que estos disminuyan en intensidad.
  • 22. Ictus: para determinar una incapacidad permanente por ictus se debe atender caso a caso, donde el neurólogo y los rehabilitadores han de observar una progresión o estancamiento de la mejoría. No obstante, se entiende que las secuelas son previsiblemente permanentes cuando ha transcurrido un año desde el ictus.
  • 23. Ludopatía: la ludopatía, como enfermedad psiquiátrica crónica, puede ser causa de incapacidad permanente total o absoluta si la vida diaria de la persona se ve trastocada por esta adicción.
  • 24. Miastenia gravis: para conceder la pensión de incapacidad, el Tribunal Médico evaluará el grado de afectación de la enfermedad, así como el impacto de la astenia y demás manifestaciones clínicas.
  • 25. Migraña: puede ser aceptada por el INSS si se determina que existe gravedad por la frecuencia e intensidad de las crisis. La migraña puede desembocar en una pensión de incapacidad permanente total cuando a pesar de que las crisis no se produzcan diariamente, el neurólogo concluya que la limitación que producen tanto el dolor como el resto de los síntomas, impide la correcta realización de una actividad laboral en concreto.
  • 26. Obesidad mórbida: la incapacidad permanente por obesidad mórbida, obesidad grave u obesidad clase III dependerá directamente de si se consideran “agotadas” las posibilidades terapéuticas.
  • 27. Parkinson: la concesión de esta prestación se basará en el estado de la enfermedad y en el grado en que incapacita a la persona para llevar a cabo su profesión o incluso otras.
  • 28. Patologías de manos, pies, caderas y codos: las manos y muñecas pueden sufrir patologías que incapaciten y den lugar a una pensión de incapacidad permanente en función de la valoración del Tribunal Médico. Igualmente, las patologías de pies, caderas y codos también pueden generar una pensión de incapacidad.
  • 29. Pérdida de visión: se podría conseguir al menos una pensión de incapacidad permanente por ceguera cuando el grado de agudeza visual sea inferior a 0,1 en ambos ojos.
  • 30. Síndrome de Arnold Chiari: la afectación neurológica (malformaciones) será la clave a la hora de que se asigne una incapacidad laboral por Síndrome de Arnold Chiari.
  • 31. Síndrome de Burnout: a partir de los seis meses desde que se diagnostica la enfermedad, y si tras terapia y fármacos no mejora, este síndrome se considerará incapacitante.
  • 32. Trasplante de riñón: se puede solicitar una pensión cuando un riñón deja de funcionar y urge un trasplante, debido a la necesidad de la intervención quirúrgica.