Tribunales

Varapalo de la Justicia europea a España: debe hacer fijos a todos los interinos de larga duración

Advierte contra la práctica “abusiva” de contratos públicos sin que se convoquen procesos de selección

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado este jueves sobre la utilización “abusiva” en la Administración pública española de trabajadores temporales. La sentencia abre la puerta a que “a falta de medidas en el Derecho nacional” para evitar estos abusos de concatenación de este tipo de trabajos, “la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos puede constituir tal medida”.

El alto tribunal europeo ha respondido así a las consultas realizadas por tres trabajadores públicos en la Comunidad de Madrid que trabajaron durante muchos años con contratos temporales sucesivos, sin que pudieran optar a aprobar una oposición ya que no se convocaron los exámenes para cubrir esas plazas de manera permanente. De esta forma, estos trabajadores vieron como sus contratos temporales se prorrogaban de manera inmediata una y otra vez, lo que dio lugar a una situación de interinidad permanente.

El Tribunal con sede en Luxemburgo cree que esta práctica permite “emplear a trabajadores de forma precaria durante años”, lo que excluye a estos empleados de la protección laboral acorde a la normativa comunitaria. Además, para la corte europea esto también implica que la Administración pública ha utilizado este procedimiento de manera “abusiva” para “satisfacer necesidades permanentes y estables en materia de personal”. No sólo se trata de una práctica más o menos común de las administraciones públicas sino que la corte europea constata que “el Derecho español no prevé para la categoría de contratos indefinidos no fijos, ninguna medida destinada a evitar la utilización abusiva de estos contratos”.

Aunque en los casos antes mencionados, existe una normativa nacional que establece “plazos concretos” para que la Administración convoque estas pruebas, la sentencia asegura que “en realidad dichos plazos no se respetan y esos procesos son poco frecuentes”.

A pesar de que la legislación española prevé una indemnización de 20 días por año trabajado a esos trabajadores temporales si su contrato se extingue cuando esa plaza se cubre (porque el interino no haya aprobado el correspondiente examen o no haya participado), la Justicia europea considera que esta medida no es suficiente para respetar la legislación comunitaria de protección de los trabajadores. Debido a esto, el tribunal con sede en Luxemburgo concluye que la convocatoria de estos procesos de selección para que estos trabajadores interinos puedan conseguir plaza según los criterios de igualdad, mérito y capacidad no debe eximir a España de “establecer una medida adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva de sucesivos contratos relaciones laborales de duración determinada”.

Por eso, y a falta de medidas nacionales, la Justicia europea abre la puerta a que estos trabajadores interinos de la administración pública española puedan convertirse en fijos. UGT advierte de que la sentencia no afecta a todos los interinos. “No corren riesgo ninguno de los procesos por los que se van a estabilizar las más de 532.00 plazas ofertadas a día de hoy en estabilización”, señala Isabel Araque, secretaria de Acción Sindical de UGT Servicios Públicos. Función Pública está estudiando el contenido de la resolución y señala que respecto al compromiso adquirido de reducir 300.000 plazas temporales antes de finales de 2024, ya se ha cumplido el 75% de ese compromiso, es decir 225.000.