Hipotecas

La banca no podrá ejecutar una hipoteca hasta que haya un mínimo de nueve impagos

La nueva ley hipotecaria incentiva la conversión de préstamos a tipo fijo

La banca no podrá ejecutar una hipoteca hasta que haya un mínimo de nueve impagos
La banca no podrá ejecutar una hipoteca hasta que haya un mínimo de nueve impagoslarazon

El Gobierno aprobó ayer en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario, «cuyo objetivo es reducir los gastos asociados a modificaciones en los contratos hipotecarios y reforzar la transparencia». La norma se envía ahora al Congreso para iniciar la tramitación parlamentaria, aunque fuentes del Ministerio de Economía señalaron que confían en que pueda entrar en vigor en el primer semestre de 2018. El ministro Luis de Guindos explicó que el proyecto cuenta con un amplio consenso político, ya que será apoyado por Ciudadanos, el PNV y los partidos canarios. Además, abrió la puerta a incorporar enmiendas del PSOE. De Guindos aseguró que la nueva ley incorporará «las alternativas que favorecen más al consumidor» y supone apostar «más por la calidad que por la cantidad de hipotecas concedidas».

Ejecución hipotecaria

Se amplía a nueve cuotas mensuales impagadas o a una cuantía que supere el 2% del capital concedido el requisito para que la entidad financiera pueda iniciar la ejecución del préstamo durante la primera mitad de su vigencia. Durante la segunda mitad del préstamo, el porcentaje es del 4% o de 12 cuotas mensuales impagadas. Hasta ahora, este umbral se pactaba entre las partes, con un mínimo de tres cuotas mensuales impagadas. Esta medida es retroactiva, pero no incluye los casos que ya estén en litigio.

Cancelación anticipada

La comisión de cancelación para los préstamos a tipo variable será cero a partir del tercer o quinto año del contrato, en función de lo que se hubiera pactado.

Asesoramiento previo

El banco deberá entregar documentación detallada sobre la hipoteca, la existencia de cláusulas potencialmente sensibles y escenarios de evolución de cuotas en función de previsiones sobre tipos de interés, un mínimo de siete días antes de la firma. Además, el hipotecado recibirá asesoramiento gratuito del notario, que verificará obligatoriamente mediante acta que el consumidor ha recibido y comprende las consecuencias jurídicas y económicas del contrato que va a firmar.

Conversión a tipo fijo

La comisión máxima será del 0,25% del capital pendiente de amortizar si el cambio se produce durante los tres primeros años de vigencia del contrato, y de cero si se produce con posterioridad. Tiene carácter retroactivo. Además, se rebajan los aranceles de notarios y registradores que se corresponderían con los vigentes para un documento sin cuantía (unos 30 euros) y una inscripción mínima (unos 24 euros).

Productos vinculados

Se prohibe la venta de «paquetes» con productos vinculados a la hipoteca (seguros, sobre todo), salvo que el banco ofrezca la posibilidad de contratar sólo el préstamo y presente dos presupuestos al consumidor detallando el coste de cada propuesta.

Intereses de demora

Si hay retrasos en los pagos, el banco sólo podrá cobrar un interés de demora equivalente a tres veces el interés legal del dinero.