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Agencia Tributaria

Novedad fiscal para los empresarios: podrán rectificar los errores de la declaración de Sociedades antes de que acabe la campaña

Hacienda introduce la autoliquidación rectificativa en el modelo 200 para corregir fallos dentro del plazo de presentación, como ya ocurre con la Renta

Oficina de la Agencia Tributaria EUROPAPRESS

El Ministerio de Hacienda permitirá a los empresarios rectificar mediante autoliquidación la declaración del impuesto de Sociedades de 2024 si detectan algún error siempre que lo hagan dentro del plazo de presentación, como ya ocurre con el impuesto de la Renta. La Agencia Tributaria ya anunció a principios de abril, coincidiendo con el inicio de la campaña de la Renta, la introducción de la posibilidad de presentar autoliquidaciones rectificativas del IRPF y del Impuesto de Sociedades del ejercicio 2024.

Hacienda ha publicado este martes una orden ministerial por la que aprueba la declaración del impuesto de sociedades para la campaña de 2024, que se extenderá entre el 1 y el 25 de julio para las empresas cuyo ejercicio fiscal coincida con el año natural. Entre las novedades de esta campaña figura la introducción de la denominada autoliquidación rectificativa, un mecanismo de corrección de errores que sustituye al actual sistema dual basado en autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación.

"Esta orden ministerial introduce en el modelo 200 para los períodos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 la figura de la autoliquidación rectificativa incorporándose al citado modelo las casillas necesarias para que el obligado tributario pueda efectuar la rectificación que proceda", recoge el texto. El modelo 200 también incorpora varias modificaciones normativas, como los incentivos a la compra de vehículos eléctricos, la introducción del impuesto complementario, la mejora de la reserva de capitalización o la exención para las sociedades de inserción sociolaboral para personas en riesgo de exclusión social.

"La Ley 13/2023, de 24 de mayo, aprobada en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias, modifica el artículo 120 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, introduciendo la figura de la autoliquidación rectificativa por la que se permite al obligado tributario rectificar una autoliquidación anterior utilizando el modelo normalizado aprobado por orden ministerial, con independencia del resultado de la misma", señala la orden ministerial.