IRPF 2022-2023
Ya puede pedir cita previa para presentar la declaración de la Renta por teléfono: cómo hacerlo
El "Plan Le Llamamos" arranca el viernes 5 de mayo, pero este miércoles se abre el plazo para pedir cita. No obstante, no todos los contribuyentes pueden recurrir a este método para presentar el IRPF
Los contribuyentes que prefieran confeccionar la declaración de la Renta con ayuda de un experto para evitar errores y reducir su factura fiscal al máximo pero sin necesidad de tener que pagar a un gestor pueden recurrir al 'Plan Le Llamamos’ de la Agencia Tributaria. Esta modalidad para hacer la declaración estará disponible desde el viernes 5 de mayo, aunque podrá pedir cita previa para ser atendido desde este miércoles 3 de mayo. No obstante, no todos los contribuyentes podrán recibir la ayuda telefónica de la Agencia Tributaria. Le explicamos todo lo que debe saber sobre el 'Plan Le Llamamos'.
Cómo conseguir una cita
Tiene estas tres vías para pedir cita previa:
-Por internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
-Mediante la app “Agencia Tributaria”.
-Por teléfono: 91 535 73 26 o 901 12 12 24 (servicio automático); o si prefiere que le atienda un trabajador de la Agencia deberá llamar al 91 553 00 71 o 901 22 33 44 Estos dos últimos números están disponibles de lunes a viernes de 9:00h a 19:00h.
Todos los contribuyentes que pidan cita para ser atendidos por este servicios deberán elegir entre horario de mañana o tarde y el sistema (internet o llamada) les propondrá día y horario en el que recibirán la llamada de la Agencia Tributaria.
¿Cuántas citas se pueden pedir?
En el servicio telefónico de cita previa para Renta 91 553 00 71 o 901 22 33 44 deberá concretar las personas que necesitan cita y si pertenecen, o no, a la misma unidad familiar:
-Si es para una persona: una cita, un número de NIF/NIE.
-Si es para una unidad familiar: una cita, un número de NIF/NIE (tanto en tributación individual como en tributación conjunta).
-Si no pertenece a la misma unidad familiar se deben concertar las citas necesarias según los puntos anteriores, con un máximo de 6 citas en una llamada, con los correspondientes 6 números de NIF/ NIE.
-En el servicio automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24, sólo puede concertar una cita (para una persona o para una unidad familiar).
-En cambio, si se pide cita por internet o por la app con el NIF/NIE de un contribuyente se puede pedir dos citas (máximo, si no se anulan).
¿Quién puede hacer la declaración por teléfono?
Puede hacer uso del “Plan Le Llamamos” los contribuyentes con rentas de trabajo inferiores a 65.000 euros, así como aquellos con un rendimiento del capital mobiliario inferior a 15.000 euros y con rendimientos del capital inmobiliario, con un máximo de dos inmuebles alquilados o dos contratos de alquiler. En cambio, si superan estos límites no podrán hacer la declaración por teléfono. Tampoco se confeccionará las declaraciones con alquiler turístico con plataforma, las de contribuyentes que ejerzan actividades profesionales o empresariales en estimación directa, las que contengan la transmisión en 2022 de bienes que se hayan adquirido por herencia o donación, ni las declaraciones complementarias de ejercicios anteriores.
Sí se atenderá a los contribuyentes con ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (como fondos de inversión y premios), subvenciones (salvo de actividades económicas) y transmisión de la vivienda habitual. Por otro lado, también se gestionarán las declaraciones con rentas procedentes de rendimientos de actividades empresariales en módulos, incluidas sus subvenciones; y del resto de ganancias y pérdidas patrimoniales, como la transmisión de inmuebles acciones u otros bienes, con un límite máximo de dos operaciones.
¿Qué documentación necesita cuando le llamen?
Para cuando le llame Hacienda, debe tener a mano la siguiente documentación: el número de referencia; el DNI de todos los que figuran en la declaración; el número IBAN de cuenta bancaria; y las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias, que encontrará en el recibo del IBI. Además, necesitará toda la documentación que le pidan si tiene algún inmueble alquilado, ha obtenido alguna ganancia de patrimonio, así como los justificantes si tiene derecho a aplicar cualquier deducción o beneficio fiscal.
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