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Vivienda

Reclamar daños por goteras a la comunidad de vecinos es posible: lo confirma el BOE

La normativa exime de responsabilidades a los propietarios cuando existe deterioro de elementos estructurales

Una mujer limpiando una humedad Getty Images

Comprar una vivienda es uno de los pasos más grandes que puede dar un ciudadano. Se trata de una propiedad que, en la mayoría de las ocasiones, implica un gasto mensual. Y es que para hacer frente al coste de una casa, los ciudadanos suelen solicitar un préstamo al banco.

Sin embargo, este no es el único desembolso que deriva de la compra de una vivienda. Con el paso de los años, comienzan a surgir problemas que pueden ocasionar un gasto al propietario. En este sentido, uno de los más comunes es la aparición de humedades y goteras, lo que implica la filtración de agua al interior del inmueble a través del techo, la azotea, las paredes o las juntas de ventanas y balcones.

Generalmente, estos problemas suelen implicar un gran desembolso, puesto que las reparaciones pueden ser complejas. Ante este dilema, es importante saber quién debe ser el encargado de sufragar los gastos. Y es que cuando el propietario pertenece a una comunidad de vecinos, deja de tener esa responsabilidad, tal y como confirma el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Quién debe afrontar el gasto por goteras?

Cuando un propietario sufre una gotera o una humedad en su vivienda, es importante saber qué dice la normativa vigente. Según apunta la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 10, será la comunidad de vecinos la que deberá hacer frente a este tipo de gastos.

"Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación", afirma el artículo.

Por su parte, los expertos también se han encargado de dar luz a esta problemática. En este caso, el administrador de fincas Alex Nasu, a través de su cuenta de TikTok, indica que, incluso cuando se trata de un garaje o de una terraza de uso privativo, los gastos deben correr a cuenta de la comunidad: "Cuando las filtraciones se producen por el deterioro de elementos estructurales, como pueden ser la impermeabilización que hay debajo del solado o el forjado, estamos ante elementos comunes por naturaleza y la reparación es responsabilidad de la comunidad, independientemente de que el acceso sea exclusivo de un propietario", explica el experto.

Por tanto, el ciudadano puede despreocuparse de este servicio, y deberá notificar a la comunidad de vecinos el defecto.

¿Cómo comunicar a la comunidad el problema?

En las comunidades de vecinos, las goteras son un tema delicado porque no siempre está claro si la responsabilidad es del propietario afectado o de la comunidad de vecinos. Por ello, el ciudadano debe explicar la situación en base a la normativa establecida,

Para ello, será necesario cumplir con los siguientes pasos:

  • Documentar el problema: es recomendable hacer fotos o vídeos de la gotera y de los daños ocasionados.
  • Aportar un informe técnico (fontanero, arquitecto o empresa de mantenimiento) que indique el origen de la filtración.
  • Revisar el origen de la gotera: si proviene de elementos comunes (tejado, azotea, fachada, bajantes, tuberías comunitarias), la responsabilidad recae en la comunidad.
  • Redactar una comunicación formal: puede ser por carta, burofax o correo electrónico al administrador o presidente de la comunidad.

Existen excepciones

No obstante, esta normativa no recoge algunas situaciones. En caso de que los daños sean a causa de una instalación privada, como puede ser una tubería interna o una ventana particular mal sellada, la responsabilidad pasa a ser del propietario.

Por ello, es fundamental que los vecinos conozcan el contenido del reglamento comunitario y consulten con expertos o administradores de fincas en caso de que aparezcan dudas. Se trata de un derecho de los propietarios, y puede suponer un gran ahorro.

¿Qué ocurre si soy alquilado?

Otra de las incógnitas acerca de este tema surge cuando la persona que vive en el domicilio no es propietario, sino que está como alquilado. En estos casos, la normativa es clara. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su artículo 21, es el arrendador el que está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario".

Así, las pequeñas reparaciones derivadas del desgaste por el uso cotidiano del inmueble son responsabilidad del inquilino, no del propietario. Asimismo, el casero no está obligado a cubrir los daños ocasionados por el inquilino o sus allegados si estos han sido causados por negligencia o imprudencia.