Tribunales

El abogado del condenado por el “crimen de los tirantes“: “Fue en defensa propia”

La defensa de Rodrigo Lanza cree que la repetición del juicio es “una nueva oportunidad” para conseguir su absolución

Rodrigo Lanza, junto a su abogado, Endika Zulueta (dcha.), en una de las sesiones del juicio
Rodrigo Lanza, junto a su abogado, Endika Zulueta (dcha.), en una de las sesiones del juiciolarazon

El abogado de Rodrigo Lanza, Endika Zulueta, considera que la repetición del juicio del “crimen de los tirantes” ordenada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) será “una nueva oportunidad”para intentar acreditar que su defendido “no solo no tuvo intención de matar” a Víctor Lainez en la madrugada del 8 de diciembre de 2017 en un bar de Zaragoza, sino “que actuó en legítima defensa”.

El letrado, que muestra en un comunicado todo su respeto a la decisión judicial, confía en que "tras un veredicto suficientemente motivado “podrá dictarse una sentencia absolutoria” que permita que Lanza -que fue condenado a cinco años de prisión por homicidio imprudente en el juicio que ha sido anulado- “salga pronto en libertad”.

Asimismo, Zulueta hace hincapié en que la sentencia “declara la nulidad del veredicto por no estar suficientemente motivado, pero el TSJA en modo alguno dice que el veredicto fuera erróneo”. Y recuerda que “por una mayoría contundente, 8 votos a 1, el jurado consideró acreditado que Rodrigo Lanza no tuvo intención de matar” a la víctima.

Tras admitir parcialmente los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía, la familia de Lainez y la acusación popular que ejerce Vox, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón acordó ayer declarar nula, por falta de motivación del veredicto del jurado, la sentencia dictada en noviembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Zaragoza. Ahora, una vez acordada la nulidad del juicio, del veredicto y de la sentencia, no solo deberá repetirse la vista oral por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. Además, tendrá que celebrarse con un nuevo jurado y otro presidente del tribunal.

El TSJ de Aragón considera la motivación del fallo “claramente insuficiente” porque, en su opinión, impide “conocer el proceso lógico-jurídico que ha conducido al fallo, contrastar la razonabilidad de la sentencia y controlar la aplicación del Derecho”.