Abusos sexuales

Condenado por abusar sexualmente de una joven cuando dormía y pensaba que era con su novio con quien mantenía esas relaciones

El acusado aprovechó que el novio se fue a trabajar muy temprano para meterse en la cama con la chica y consumar las relaciones sexuales y tocamientos

El Tribunal dio plena validez a las manifestaciones de la víctima
El Tribunal dio plena validez a las manifestaciones de la víctimalarazon

El Tribunal Superior de Justicia del Navarra (TSJN) ha confirmado la condena a 4 años y 6 meses de prisión, por un delito de abuso sexual a un hombre, natural de Perú, que realizó tocamientos y mantuvo relaciones sexuales con una mujer sin su consentimiento, la cual aseguró que, como estaba prácticamente dormida, pensó en todo momento que con quien mantenía relaciones sexuales era con su novio, con quien pasó la noche en la misma habitación y no con un amigo del mismo. El condenado deberá indemnizar a la víctima con 8.000 euros. La sentencia puede ser recurrida ante la Sala Penal del Tribunal Supremo. .

La Sala de lo Ciivl y Penal del TSJN avala el razonamiento de la Audiencia de Navara que consideró verosímil el relato de la víctima. Ésta declaró que estaba durmiendo a oscuras con su novio y que, nada más irse éste a trabajar, el inculpado se metió en su cama y mantuvo con ella relaciones sexuales, que cesaron cuando se dio cuenta de que no era su pareja.

Los hechos declarados probados reflejan que el 24 de junio de 2017 el procesado estuvo tomando unas cervezas con un amigo suyo y otros amigos de éste a los que conoció ese día. Todos ellos se dirigieron a la vivienda del amigo del inculpado, en una localidad de Pamplona. En un momento dado, uno de los hombres se fue a dormir, ya que tenía que madrugar al día siguiente, a una de las habitaciones que solía ocupar con su novia habitualmente los fines de semana. Al rato, su novia también se fue a dormir con él.

Mientras tanto, el encausado se quedó a dormir en el sofá del salón. Cuando el novio de la chica se marchó a trabajar, sobre las seis de la mañana, el acusado se dirigió a esa habitación y se metió en la cama con la novia del anterior sin el conocimiento de ésta. Según la sentencia, mantuvo dos relaciones sexuales con la mujer, quien estaba de espaldas y creía que era su novio.

La Audiencia aseguró que la declaración de la víctima reunía el conjunto de circunstancias que permiten considerarla prueba válida y suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.

La sentencia condenatoria fue recurrida tanto por la defensa, que cuestionó la valoración de las pruebas y alegó que las relaciones fueron consentidas, como por la acusación particular, que reclamó una mayor pena al concurrir la circunstancia agravante de prevalimiento, así como un incremento de la indemnización.

No hubo consentimiento

Para la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior la declaración de la denunciante no contiene móviles “espurios”, sino que ofrece “un relato concreto, consistente, detallado y coherente”. El Tribunal concluye que no observa en la sentencia recurrida errores de valoración o apreciaciones inexactas que conduzcan a inferencias equivocadas.  

En suma, prosigue la Sala, la confrontación de las declaraciones de la denunciante y denunciado con el resultado del resto de las pruebas practicadas no evidencia error alguno del tribunal sentenciador en la valoración de la prueba practicada. 

Respecto al prevalimiento de superioridad invocado por la acusación particular, los magistrados explican “tan sólo resulta apreciable cuando la víctima consiente, objetiva y subjetivamente, el acto sexual, aunque sea con una voluntad viciada en su libertad por la asimetría de su posición respecto de la del agente; consentimiento que en el supuesto enjuiciado no se produce, al haber sido aceptada la relación sexual en la errónea creencia de que su proposición procedía del novio, persona distinta de aquella a quien se aceptaba. No hubo pues consentimiento (en su doble proyección, objetiva y subjetiva) y, por ello mismo, tampoco prevalimiento en su obtención o consecución”.