Caso Nóos
Urdangarín podrá salir de prisión un fin de semana al mes “para paliar la situación de aislamiento” que sufre
La Fiscalía se había opuesto a esa medida, acordada por Instituciones Penitenciarias y refrendada por el juez
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla y León con sede en Valladolid ha aprobado la propuesta de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para aplicar al Iñaki Urdangarín un régimen de flexibilidad basado en la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que permitirá al recluso salir del centro un fin de semana al mes con el fin de paliar la situación de aislamiento en la que vive en la cárcel de Brieva (Ávila), no por voluntad propia sino por imposición de Prisiones por razones de seguridad. A la propuesta de Instituciones Penitenciarias, ahora validada por el Juzgado, se ha opuesto la Fiscalía. En todo caso, la resolución no es ejecutiva hasta que no sea firme. Esta salida es adicional a las que realiza cada semana durante unas horas para realizar labores de voluntariado en un centro de personas con discapacidad de Madrid. Urdangarí ingresó en prisión el 18 de junio, por lo que lleva privado de libertad ya más de dos años, para cumplir una condena de 5 años y 10 meses por el “caso Nóos”
En su auto, que ya ha sido notificado a las partes, el magistrado cita el informe emitido por el Centro Penitenciario de Ávila en el que se detalla cuál es el procedimiento que se sigue cuando ingresa en el mismo un varón, hecho que es habitual a pesar de ser un centro de mujeres, ingresos tanto voluntarios como por orden judicial, desde la apertura del centro en 1989. Según tal protocolo, los reclusos varones que ingresan son trasladados inmediatamente, tras unos trámites administrativos, al Centro Penitenciario de Segovia por decisión de la Administración penitenciaria.
En otro informe incorporado al expediente, el director general de Ejecución Penal y Reinserción Social, explica que Urdangarín no ha sido traslado a un centro penitenciario de hombres como en otros casos anteriores en los que concurrían circunstancias semejantes, por "razones de seguridad, más fácilmente controlables, y de mejor manera en el centro penitenciario en el que se encuentra ingresado".
Estos documentos, que no se habían incorporado hasta ahora al expediente, confirman el criterio recogido en anteriores resoluciones del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla y León y de la Audiencia Provincial de Ávila, frente a lo resuelto por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca y el Ministerio Fiscal en sus anteriores informes y recursos, que sostenían que el recluso Urdangarín permanecía en el Centro Penitencia de Ávila por voluntad propia y no por razones de seguridad.
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