Consejo de Ministros
El Gobierno aprueba el anteproyecto de reforma judicial que otorga la investigación a los fiscales
La Fiscalía controlará la información que se facilite a los medios de comunicación sobre los procedimientos judiciales. La Ley entrará en vigor a los seis años desde su aprobación.
El Consejo de Ministros aprobó hoy dos relevantes anteproyectos en materia de Justicia: los relativos a la Ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley de Fiscalía Europea. El primero de ellos supondrá un cambio radical en el modelo judicial, donde se establecerá la investigación de los procesos a los fiscales y se creará la figura del juez de garantías, encargado de velar por el respeto de los derechos de todas las partes. En el centro de esa reforma, según señaló el titular de Justicia, Juan Campo, estará la víctima, “que es el núcleo y y eje sobre el que pivote todo el proceso penal”. Una vez sea aprobada definitivamente, tras las fases intermedias (petición de informes, transformación en proyecto de Ley y tramitación parlamentaria), se establece un período de seis años hasta que entre en vigor, tiempo que se considera necesario para realizar las reformas legales necesarias, como la del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para garantizar un Ministerio Público auténticamente independiente, así como fijar el marco normativo necesario para que se pueda llevar a cabo “de manera eficiente” lo que supondrá el cambio de modelo.
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal responde, aseguró Campo, obedece a la necesidad de llevar a cano una “coherencia constitucional” y a un “mandato” de la Unión Europea, donde en todos los países, excepto con alguna limitación en Francia y Austria, la investigación de los procesos penales la asumen los fiscales. Así, junto a ese papel y el de juez de garantías - encargado de adoptar en su caso las medidas cautelares necesarias- se establece también la figura del Juez de la Audiencia Preliminar, que será el que determine si se abre juicio oral y orden la expulsión del proceso de todas las pruebas que se hayan obtenido de forma ilícita. De hecho, aseguró que “atribuir la investigación al fiscal, no es ya una opción, sino una obligación establecida de forma clara y directa por la UE”
En ese anteproyecto se prevé también que los partidos y sindicatos no pueden ejercer la acción popular; así como que la Fiscalía sea quien marque la estrategia y lo que se debe informar a los medios de comunicación de los distintos procesos judiciales.
Una vez aprobado el anteproyecto comenzará la ronda de debates, petición de informes preceptivos al CGPJ, Fiscalía General y Consejo de Estado. Después pasará a convertirse en proyecto de ley y se iniciará la tramitación parlamentaria. Juan Carlos Campo no quiso adelantar cuándo estará aprobado de de forma definitiva el proyecto de reforma judicial, limitándose a señalar que espera que sea en un tiempo prudente.
Control informativo por la Fiscalía
Un aspecto relevante es igualmente el hecho de que, tal como señaló hoy el ministro de Justicia en el Senado, será la Fiscalía quien decida qué información judicial se transmite a los medios de comunicación, regulándose “por primera vez ”las comunicaciones con los medios y garantiza su acceso a informaciones de interés social.
En este sentido, se parte de que el régimen general de las actuaciones, es objeto de especial atención la publicidad de las actuaciones en la fase de investigación, pero que “una transmisión indiscriminada de su contenido a la opinión pública supone un grave atentado para el derecho a la presunción de inocencia”, y que la información se limite “a lo esencial desde el punto de vista del interés informativo y que se transmita de forma aséptica y objetiva”. Será el Ministerio Fiscal que lleva la investigación el que decida la información que se transmite. Por eso, salvo autorización del fiscal responsable de la investigación, los órganos gubernativos y policiales “no estarán autorizados para transmitir datos relativos al procedimiento en curso”. Será el fiscal director de la investigación “el que realice la selección de los elementos que, por su interés informativo, pueden ser transmitidos a la ciudadanía y debe ser él también el que fije los términos en los que se han de consignar los datos correspondientes”.
Sobre esta cuestión, fuentes conocedoras del Anteproyecto de Justicia señalaron que el objetivo es garantizar un cauce a través del cual se proporcione una “información plural en igualdad para todos los medios de comunicación y que respete las garantías de veracidad”, sin que ello suponga que los profesionales no puedan acudir a sus fuentes informativas. En todo caso, si se rechazara por la Fiscalía facilitar una información que los profesionales de los medios de comunicación consideren relevantes, éstos siempre podrían “recurrir” ante los organismos judiciales competentes.
Aforados y partidos
Junto a todo ello, la presunción de inocencia se sitúa como el eje central de todo el proceso penal. De esta forma, se refuerzan las garantías de este derecho fundamental y corresponderá al fiscal asumir la carga de la prueba necesaria antes de someter a un investigado a un procedimiento penal.
En relación con la Fiscalía, ésta también podrá citar a declarar a un diputado o cualquier otro aforado, y sin necesidad de solicitar previamente el suplicatorio, al igual que con cualquier otro ciudadano. Sólo en el supuesto en que se tuviesen que adoptar medidas cautelares que suponga una injerencia en sus derechos, sería necesario solicitar la autorización correspondiente al Congreso o cámara pertinente. En los demás supuestos, no tendrá ningún privilegio respecto a los demás ciudadanos y sólo si se acumulan pruebas que el fiscal considera suficientes para enjuiciarle, entonces sí se pediría el suplicatorio.
Por otro lado, el anteproyecto también contempla que partidos políticos y sindicatos no puedan personarse como acción popular, tal como ha sucedido, por ejemplo, con el PP en el caso de los Ere de Andalucía y con el PSOE con “Gürtel”.
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