Espionaje a Bárcenas
La Audiencia aparta al ex ministro Campo de los recursos de Fernández Díaz en “Kitchen”
La Sala acepta su decisión de abstenerse porque al afectar a un ex ministro del PP si se mantuviese en el tribunal podría “servir de argumento externo a una duda sobre su imparcialidad”
El ex ministro socialista Juan Carlos Campo no formará parte del tribunal que resolverá los recursos de Jorge Fernández Díaz, ex titular de Interior en el Gobierno de Rajoy, en el “caso Kitchen”.
Así lo ha decidido la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional -que avala la decisión de Campo de abstenerse- en un acuerdo del pasado miércoles al que ha tenido acceso LA RAZÓN en el que resuelve el incidente de abstención planteado por la defensa del ex ministro del PP, que ejerce el letrado Jesús Mandri, quien cuestionó la imparcialidad de Campo por su pasada pertenencia al Gobierno de Pedro Sánchez al frente de Justicia.
Los veinte magistrados que componen la Sala admiten así el recurso de queja de Fernández Díaz, que se opuso a que Campo formase parte de la Sala encargada de resolver una resolución del instructor, Manuel García Castellón, del pasado julio. El ex ministro de Justicia, que se incorporó a la Sección Tercera el pasado septiembre tras salir del Gobierno en la remodelación de julio, había sido designado además ponente de ese recurso de Fernández Díaz.
Ahora, el acuerdo de la Sala -del que ha sido ponente la magistrada Concepción Espejel, que tomará posesión de su cargo de magistrada de Tribunal Constitucional en los próximos días- concluye que hay motivos para aprobar la abstención de Campo para resolver el recurso de queja del ex ministro de Interior, procesado por la supuesta operación parapolicial de espionaje a Luis Bárcenas para arrebatarle información comprometedora para el PP.
PSOE y Podemos ejercen la acusación
El tribunal argumenta que es “un hecho notorio” que Campo “ha ostentado la cartera de Justicia inmediatamente antes de reincorporarse a la carrera judicial y ocupar plaza de magistrado en la Sala de lo Penal”. Por lo que, añade, dado que el recurrente es “un ministro del Gobierno del Partido Popular”, este hecho podría “servir de argumento externo a una duda sobre su imparcialidad”, teniendo en cuenta, además -subraya-, que en la causa están personados como acusaciones tanto el PSOE como Podemos, que conforman “el actual Gobierno de España y conformaban el Gobierno” del que Campo formó parte cuando fue ministro de Justicia” entre enero de 2020 y julio de 2021.
Por este motivo, sostiene la Sala, “procede aprobar su abstención”, dado que el artículo 351 f) de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los cargos públicos o de confianza que se reincorporen a la carrera judicial deberán abstenerse, y en su caso podrán ser recusados, “de intervenir en cualquier asunto en los que sea parte partido o agrupaciones políticas” o personas “que ostenten o hayan ostentado cargo público”.
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