"Operación Kitchen"

El juez ratifica que el ex ministro Fernández Díaz y Francisco Martínez sean juzgados por el espionaje a Bárcenas

García Castellón confirma su procesamiento y el de cuatro ex altos cargos de la Policía y el chófer del ex tesorero y reitera que los indicios contra ellos son claros y contundentes

El ex ministro del Interior Jorge Fernández Díaz acude a la Audiencia Nacional para declarar como investigado
El ex ministro del Interior Jorge Fernández Díaz acude a la Audiencia Nacional para declarar como investigadoAlberto R. RoldánLa Razón

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón insiste en que los indicios contra el ex ministro del Interior Jorge Fernández Díaz y el que fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez son suficientes para juzgarles por la supuesta operación para sustraer a Luis Bárcenas documentación comprometedora para el PP a través de José Manuel Villarejo. El magistrado también rechaza los recursos interpuestos por cuatro ex altos cargos de la Policía (entre ellos el ex comisario Enrique García Castaño) y de Sergio Ríos, en su día chófer de Bárcenas y del que se habría servido Villarejo para hacerse con esos papeles.

El instructor del “caso Kitchen” asegura que Fernández Díaz ejerció la responsabilidad durante todo el periodo de ejecución del operativo policial presuntamante ilícito, “financiado con cargo a partidas de fondos reservados de su departamento y bajo la supervisión directa de su inmediato inferior jerárquico, el secretario de estado de Seguridad Francisco Martínez Vázquez”, con el que mantuvo -subraya- “comunicaciones directamente relacionados con el volcado de los teléfonos pertenecientes a Luis Bárcenas, que constituye uno de los momentos en que de modo plenamente acreditado por medio de su parcial recuperación en el curso de la instrucción judicial, el operativo desarrollado logró obtener una parte de la documentación comprometedora que se buscaba”.

García Castellón niega que el cierre de la investigación se haya acordado de forma precipitada dada la “contundencia” y “solidez” de los indicios que detalla en la resolución en el que acordó el pase de las diligencias a procedimiento abreviado. “Cuando el proceso arroja un escenario fáctico que descansa con rotundidad sobre semejante andamiaje indiciario, el margen de actuación del juez de instrucción se estrecha, y la adecuada ponderación de los derechos fundamentales en juego obliga a dirigir el procedimiento a su genuina fase, el juicio oral, evitando innecesarias dilaciones con incidencia en las garantías esenciales que rigen el proceso penal”, concluye.

La defensa de Fernández Díaz esgrimió que el entonces ministro “no tenía interés” en la supuesta operación policial dirigida a sustraer información al ex tesorero del PP, pues él no estaba siendo investigado en la causa de los “papeles de Bárcenas”. Además, señalaba que su imputación se sustenta solo en las declaraciones de Francisco Martínez y en los mensajes que le atribuye, que considera manipulados. García Castellón, no obstante, mantiene que las diligencias practicadas “confirman plenamente su autenticidad”.

Volcado de los teléfonos de Bárcenas

Pero para el instructor, no “se sostiene que no tuviera interés alguno” en los hechos investigados y recalca que en su opinión “existen indicios suficientes que permiten sustentar su participación” en la “operación Kitchen”.

Y es que, según García Castellón, Interior estaba al tanto de ese operativo policial “puesto en marcha en el ámbito operativo de la DAO, así como su carácter ilícito”, y hace referencia expresa al “conocimiento de unos volcados del contenido de los teléfonos móviles de Luis Bárcenas”.

Fernández Díaz, dice, mantuvo con su entonces “número dos” comunicaciones “directamente relacionadas con el volcado de esos teléfonos” del ex tesorero del PP, además de que “es aludido” por Francisco Martínez “en sus comunicaciones con terceros”.

El magistrado rechaza también reconocer a García Castaño la condición de colaborador en la instrucción (para apuntalar, en su caso, una posible atenuante por colaboración con la Justicia), y matiza que esa petición deberá plantearse por su defensa posteriormente.