Reforma

El Congreso aprueba la ley del aborto sin atender al informe del CGPJ

La ley de Salud Sexual y Reproductiva elimina la exigencia de consentimiento paterno para las chicas de 16 y 17 años

El Congreso de los Diputados ha dado vía libre a la reforma de la ley del aborto. La ley será enviada al Senado ahora para su ratificación. La norma ha sido aprobada con 190 votos a favor y 154 en contra (cinco abstenciones).

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La polémica entorno a la ley de Salud Sexual y Reproductiva ha sido una constante en el pleno de este jueves por la eliminación del requisito de autorización paterna para que las menores de 16 y 17 años puedan interrumpir su embarazo. No es el único punto, sumado al hecho de que se le haya hurtado al parlamento de las comparecencias de los expertos -como es habitual- y saltándose todos los informes consultivos, como el del Consejo General del Poder Judicial o del Consejo de Estado. Ello se debe al hecho de que la norma ha sido aprobada por el procedimiento de urgencia.

De hecho, la pasada semana el CGPJ advirtió en su informe de algunos puntos controvertidos. Como, por ejemplo, la eliminación del periodo de tres días de reflexión obligatorios. La propuesta de informe del CGPJ considera, sin embargo, que este periodo es un presupuesto necesario para una adecuada formación de la voluntad y para la adopción de una decisión “consciente y meditada”.

También critican la eliminación de la práctica actual de entregar un sobre con información sobre recursos para la mujer que acude a abortar y que incluye las prestaciones y ayudas a la maternidad. El anteproyecto prevé que esta información solo se le entregará a la mujer que lo pida.

Defienden que el derecho al aborto se pueda ejercer en centros privados debidamente acreditados para mantener la libertad de elección de la mujer, frente a la propuesta de Igualdad de que la sanidad pública sea la red de referencia para abortar.

En cuanto a las bajas por menstruaciones incapacitantes, advierten de la ausencia de justificación en la regulación de la incapacidad temporal y señalan que la nueva normativa permitirá al empresario conocer cuál es el motivo de su ausencia al puesto de trabajo.

Los puntos de la ley

En la Comisión de Igualdad celebrada el pasado 29 de noviembre, ya PP, Vox y Ciudadanos votaron en contra del texto, que sí cuenta con el respaldo mayoritario de la Cámara para ser enviado al Senado.

Estos comités no tendrán la última palabra en la interrupción del embarazo a partir de la semana 22, sino que la paciente podrá “recurrir en vía jurisdiccional” su decisión en caso de no estar de acuerdo, según una enmienda incorporada de Unidas Podemos.

Además, con los cambios introducidos, la ley contempla que se adopten las medidas necesarias para garantizar que no se discrimine ni a los sanitarios no objetores, “evitando que se vean relegados en exclusiva” a la práctica de abortos, ni a los que lo son.

Otra de las modificaciones señala que en caso de discrepancia entre una menor de 16 años y quien deba autorizar que ésta se someta a un aborto, el conflicto se resolverá por la autoridad judicial con “carácter urgente”, precepto que ya estaba establecido en la ley de autonomía del paciente, pero que en la del aborto se precisa que se trata por esa vía de urgencia.

Las instituciones públicas no apoyarán a las asociaciones provida y la norma también reafirma la prohibición de los anuncios de prostitución.

Incluye, asimismo, nuevas definiciones como la esterilización forzosa, la anticoncepción forzosa y aborto forzoso.