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"Procés"

El TC admite con 4 votos en contra el recurso de Puigdemont para que se le aplique la amnistía y revisará su orden de prisión

El Pleno tramitará su demanda de amparo con la oposición de cuatro magistrados conservadores

Carles Puigdemont, líder de Junts y expresidente de la Generalitat EUROPAPRESS

El Tribunal Constitucional (TC) tramitará el recurso de Carles Puigdemont para intentar revertir la negativa del Tribunal Supremo (TS) a amnistiarle, pero la admisión a trámite de su demanda de amparo ha vuelto a dividir a la corte de garantías que preside Cándido Conde-Pumpido, como adelantó LA RAZÓN.

Cuatro magistrados conservadores -Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías- han votado en contra de la decisión de sus ocho compañeros, al considerar que el recurso del expresidente de la Generalitat es prematuro porque se interpone contra una resolución que forma parte de la instrucción y no contra una sentencia. Según las fuentes consultadas, cuestionan también que exista una lesión aparente de derechos fundamentales. No obstante, los magistrados disconformes no tienen intención de firmar un voto particular exponiendo por escrito su oposición al criterio mayoritario.

La mayoría del TC aprecian en el recurso "una especial trascendencia constitucional" porque el asunto que plantea "trasciende del caso concreto" y puede tener "consecuencias políticas generales".

Se esfuma la unanimidad contra las recusaciones

La decisión del TC implica además que los magistrados revisarán también la orden de prisión que todavía pesa sobre el líder de Junts, y que le impide regresar a España a riesgo de ser arrestado. Y es que Puigdemont ha pedido al Constitucional que suspenda de forma cautelar esa decisión del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena para no causarle perjuicios irreparables.

En todo caso, la corte de garantías -que también admite a trámite los recursos de amparo de los exconsellers, también huidos, Lluís Puig y Toni Comín- no tramitará esa solicitud de suspensión de la orden de prisión con carácter urgente, como pretendía la defensa de Puigdemont, que ejercer el letrado Gonzalo Boye, sino que tomará una decisión tras analizar las alegaciones de Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox (el líder independentista solicitó el pasado julio que la posible suspensión de su orden de prisión se abordara sin escuchar siquiera a las partes).

El tribunal sí rechazó por unanimidad la pretensión del líder de Junts de apartar de la decisión a tres magistrados conservadores. Una recusación que precisamente obligó a retrasar la admisión de su recurso de amparo, que previsiblemente no se resolverá, como pronto, hasta la próxima primavera.

"La voluntad popular es anulada"

En su recurso de amparo, Puigdemont se queja de que la negativa del juez Llarena a amnistiar el delito de malversación por el que está procesado vulnera el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, a la tutela judicial efectiva, a la libertad personal y a la participación política en condiciones de igualdad y vulnera los principios de seguridad jurídica, de legalidad, y de eficacia normativa y promoción de la libertad e igualdad.

Para el líder independentista "la violación de los derechos fundamentales alegados es imputable de modo inmediato y directo a las resoluciones" de Llarena y se queja de que "todas las vulneraciones se han denunciado formalmente en el proceso sin que ninguna de esas denuncias haya sido atendida".

En cuanto a la orden de prisión que quiere dejar sin efecto, denunció que le priva "de la posibilidad de regresar a territorio español, exponiéndolo a una privación de libertad arbitraria" e impidiéndole "ejercer sus derechos de representación política en plenitud" (el líder de Junts es diputado del Parlament).

Para su defensa, al mantener en vigor esa orden de detención y prisión "la voluntad popular expresada en las urnas es anulada de facto por una orden judicial dictada por un tribunal sin competencia, lo que supone una interferencia intolerable en el principio de representación parlamentaria".

-Noticia en ampliación-