Análisis
La amnistía que pide ERC y Junts quebrantaría el principio de igualdad
Expertos aseguran que supone una intromisión en el Poder Judicial
La posible amnistía a los líderes del procés es una línea roja para que ERC y Junts se sienten a negociar con el PSOE la investidura de Pedro Sánchez. De momento, los socialistas se niegan a abrir ese melón y hasta ahora, en público, ministros han defendido que es inconstitucional, pero sus socios, como Sumar, comienzan a allanar el camino, asegurando que hay juristas que defienden que es legal. Sin embargo, no desvelan a esos expertos.
Ante las exigencias de ERC y Junts, LA RAZÓN ha consultado a expertos constitucionalistas su viabilidad. Éstos rechazan la legalidad de una norma a la medida para que los líderes del 1-O puedan librarse de sus causas judiciales. José Manuel Vera Santos, catedrático en Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos, cree que la amnistía «conculca», es decir, quebranta, el artículo 62 de la Constitución en el que queda de manifiesto que entre las funciones del Rey le corresponde ejercer el «derecho de gracia con arreglo a la ley», pero, especifica «que no podrá autorizar indultos generales». Así, la amnistía no está regulada por la Constitución, que solo permite indultos particulares. La amnistía borra tanto el tipo delictivo como la pena, mientras que el indulto mantiene el delito pero le quita el cumplimiento de la pena a la persona individual.
Además, el artículo 14 de la Carta Magna supone un obstáculo jurídico para contentar a los independentistas. Este precepto establece el principio de igualdad ante la ley y prohíbe la discriminación por cualquier circunstancia personal o social. Así, toda ley de amnistía excluye únicamente a ciertos sujetos y en este caso afectaría a los involucrados en el procés para hechos concretos. Así, esta acción podría ser discriminatoria al vulnerar el derecho a la igualdad de todos los españoles y podría dar lugar a impugnaciones ante el Constitucional. Según el jurista, esta posible amnistía evitaría que se juzgase un delito a posteriori de cometerse, «por un interés político». Se pregunta «por qué no se amnistía a todos los malversadores y solo a unos pocos». «Se concula el principio de igualdad de todos ante la ley», ratifica.
El experto cree que supone «reconocer» que en España «hay perseguidos políticos». Según su opinión, resulta una «intromisión en el Poder Judicial» por parte del Legislativo. Puesto que para llevar a cabo una amnistía se necesita la aprobación de una Ley Orgánica. La concesión de la amnistía se haría solo por «interés espurio», dice. «Se usa el poder legislativo de manera bastarda en un único interés de un gobierno que ha cruzado todas las líneas éticas».
Ibor Fernandes Romero, Doctor en Derecho Constitucional respalda que la amnistía «no tiene cabida», y que «no es admisible un indulto general». Recuerda que la ley «tiene por objeto hechos acaecidos durante la dictadura y la guerra civil». Según defiende, en un Estado de derecho «no tiene sentido la amnistía» porque «son delitos cometidos con una norma penal vigente y enjuiciados con todas las garantías. Sería una «aberración» que «por cuestiones políticas» se proponga esta fórmula «eximente de la responsabilidad criminal». De cara a que se apruebe una ley orgánica, sería «muy complejo» porque tendrá que «definir con mucha precisión que delitos en relación con qué hechos son objetos de la amnistía».
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