Iniciativas
¿Cuáles son las leyes que hay en el Congreso para echar a los okupas? El 3 de abril entra una en vigor
Ahora mismo hay dos leyes en tramitación tras la aprobación de un cambio normativo que entrará en vigor en los próximos días
El fenómeno okupa inquieta cada vez a más propietarios y eso es un riesgo para el mercado del alquiler dado que la falta de confianza puede reducir la oferta y eso puede provocar que haya gente que se vea con problemas para acceder a una vivienda. Para dar seguridad jurídica y dificultar las cosas a los okupas, cada vez hay más iniciativas en el Congreso que tratan de poner soluciones. En este sentido, una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal votada en diciembre entrará en vigor este 3 de abril y, además, hay dos leyes más en tramitación en el Congreso para poner coto a los okupas.
Así las cosas, la reforma que entra en vigor este 3 de abril afecta al artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) e introduce la posibilidad de aplicar el juicio rápido a los delitos de usurpación de inmuebles y allanamiento de morada. De esta manera, en 15 días o un mes desde la denuncia, se puede desalojar a los okupas ya que la sentencia se va a dictar rápidamente.
En este sentido, esta iniciativa nace de una enmienda que introdujo el PNV en la "ley Bolaños" que se votó a finales de diciembre en el Congreso. La enmienda iba dirigida exclusivamente al artículo 795 de la Lecrim sobre aplicación de juicios rápidos, para incluir los dos delitos que impactan de lleno sobre los propietarios de viviendas. Cabe recordar que la usurpación de vivienda es la okupación de un inmueble mientras que el allanamiento de morada es entrar en una vivienda habitada. Por tanto, el primer delito requiere de un proceso judicial más laberíntico mientras que el segundo el desalojo por parte de la policía es inmediato.
En todo caso, PP y Junts buscan vías más rápidas al artículo 795 de la Lecrim: de hecho, hay dos leyes en tramitación en el Congreso que son nucleares para acelerar aún más. En concreto, la primera ley es del PP, que lleva un año bloqueada por PSOE y Sumar en el Congreso y pretende que el desalojo se produzca con todavía mayor inmediatez: en 24 horas. En concreto, los populares quieren que cuando se presente una denuncia, el okupa deberá de ser desalojado en 24 horas a petición de la autoridad pública o los agentes si no es capaz de "acreditar en dicho plazo el título jurídico que le autoriza o le atribuye la posesión del bien o, en su caso, la tolerancia o liberalidad del propietario o poseedor real". "Si se tratara de flagrante delito, la autoridad pública o sus agentes procederán al desalojo inmediato", recoge la proposición de ley del PP.
La ley de Junts se parece en este sentido a la del PP también: los posconvergentes introducen una reforma en el artículo 544 de la Lecrim para que cuando se presente una denuncia por delito de allanamiento de morada o delito leve de usurpación, la Justicia adopte (previa solicitud de parte) la medida cautelar de expulsión del inmueble de los okupas. Además, la solicitud de medida cautelar se podrá solicitar tanto en sede policial, como judicial, por escrito o de forma oral en el acto de Juicio Inmediato por Delito Leve de Usurpación de bien inmueble y el solicitante deberá acreditar la titularidad de la vivienda. Los okupas tendrán un plazo de 48 horas para acreditar su posesión legítima.