Política

Elecciones europeas

Cualquier ciudadano puede detener a Puigdemont si viene a acatar su acta como eurodiputado a España

Un jurista advierte de que Puigdemont no podrá ser eurodiputado ni beneficiarse de la inmunidad: “Sería paradójico que el Supremo concediera ahora el privilegio para ser eurodiputado”

Albert Batet y Elsa Artadi junto a un cartel de Joaquim Forn (JxCat) mientras Carles Puigdemont habla de su situaciópn
Albert Batet y Elsa Artadi junto a un cartel de Joaquim Forn (JxCat) mientras Carles Puigdemont habla de su situaciópnlarazon

Un jurista advierte de que Puigdemont no podrá ser eurodiputado ni beneficiarse de la inmunidad: “Sería paradójico que el Supremo concediera ahora el privilegio para ser eurodiputado”.

Con los resultados europeos ya en la mano, se abre ahora una nueva batalla jurídica más que política que se jugará en España y en la UE. El ex president catalán, Carles Puigdemont, logró en las urnas un asiento europarlamentario en Bruselas, al igual que el número dos de su lista Toni Comin y también el preso preventivo por el 1-O, Oriol Junqueras. Sin embargo, el camino que emprenderá Puigdemont y Junqueras para conseguir su acta y jurarla ante la Junta Electoral General no será llano y presenta varias trabas jurídicas que tratarán de impedir que los líderes del independentismo hagan alarde del conflicto soberanista en la Unión Europea.

Según dictamina la Junta Electoral Central (JEC), Puigdemont deberá acudir en persona al Congreso de los Diputados en el plazo de cinco días desde su proclamación para acatar la Constitución, conforme al artículo 224 de la Ley del Régimen Electoral (LOREG). Pasado este tiempo, la JEC “declarará vacantes los escaños correspondientes a los Diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, hasta que se produzca dicho acatamiento”, según explica a este diario el Director Académico del Centro de Documentación Europea de la Universidad de Alcalá, Fernando Lozano Contreras.

Sin embargo, una vez que Puigdemont ponga un pie en España será detenido automáticamente pues sobre él pesa una orden nacional de busca y captura. Entonces, tras ser detenido, será puesto a disposición del Tribunal Supremo para regularizar su situación procesal, según aporta el experto en derecho internacional. De hecho, los servicios jurídicos del Parlamento Europeo en su informe del 17 de abril ya advertían de ello: “Un candidato con una orden de detención nacional en España puede ser candidato a las elecciones europeas. Su presencia en Madrid es obligada para jurar o prometer la Constitución española y ser incluido en la lista de diputados que las autoridades españolas comunicarán al Parlamento Europeo. Si fuera arrestado en ese momento, las autoridades judiciales españolas tendrían que autorizar que pudiera cumplir estos trámites. Sin esa autorización, la recogida del escaño dependería de las autoridades judiciales españolas", recogía el informe.

Además, según aporta este experto, cualquier ciudadano podría en su caso y según establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 490.7, “cualquier ciudadano puede detener al procesado que estuviese en rebeldía”. Es una posibilidad, aunque el profesor la descarta puesto que Puigdemont viajaría a España blindado por “su guardia pretoriana” y ve más viable que cualquier ciudadano llamara a la Policía para que esta procediera a su detención “con todas las garantías”, antes que actuar por iniciativa propia.

La hoja de ruta de Puigdemont, sin embargo, pasa por conseguir ser eurodiputado con plenos derechos sin pasar por el Congreso para acatar la Constitución, porque según defiende el abogado del ex president este extremo “es contrario a las normas de la UE”, al ser un trámite que no existe o no es obligatorio en otros países europeos. Sin embargo, el experto consultado matiza que la ley española establece que aunque no es necesario recoger la acta en persona si lo es acatar presencialmente la Carta Magna ante dicho organismo. Y añade que “según el artículo 7 del reglamento interno del Parlamento Europeo, el ex president podría solicitar, teóricamente el amparo al PE, pero el problema es que, hasta que no jure presencialmente el cargo en España no será eurodiputado y, por lo tanto, dicha opción la tendría vedada”.

Por tanto, Puigdemont no podría en ningún caso convertirse en eurodiputado sin pasar por la Junta Electoral Central, afirma Fernando Lozano y como consecuencia, no lograría beneficiarse de la inmunidad política que los eurodiputados electos poseen, es decir no podría viajar España protegido legalmente. “Tendría imposible beneficiarse de estos derechos si no acata la Constitución”, afirma. En el hipotético caso de que el Tribunal Supremo le permitiera recoger su acta, Puigdemont pasaría a entrañar el mismo caso que ya protagonizara el empresario José María Ruiz Mateos, que se encontraba perseguido por la Audiencia nacional y que ocupó su escaño como eurodiputado hasta que el órgano de Justicia solicitó e hizo efectiva su suspensión. El experto en derecho internacional reflexiona que “sería hasta paradójico que el Tribunal que lleva reclamándole tanto tiempo, ahora le concediera el privilegio (de jurar la Constitución) en tiempo y forma, vistos sobre todo, los precedentes”, afirma.

En el caso del líder de ERC, Oriol Junqueras, una vez recogida su acta como eurodiputado la pelota pasaría a manos del Parlamento Europeo que es “el órgano que deberá decidir si puede o no ejercer sus funciones al estar encarcelado preventivamente y haber sido suspendido para ejercer como diputado - en el Parlament y en el Congreso- por el Tribunal Supremo”. Según el Reglamento del Parlamento Europeo, en su artículo 9, se establece la posibilidad de que un eurodiputado sea suspendido de su condición. “Eso sí, el Parlamento únicamente examinará los suplicatorios de suspensión de la inmunidad de un diputado que le hayan sido transmitidos al Presidente de la Eurocámara por las autoridades judiciales nacionales o por las representaciones permanentes de los Estados miembros”, refrenda el experto. También apunta que una comisión del Parlamento, la Comisión de Asuntos Jurídicos, “estudiaría el problema, aunque la decisión final la adoptaría el Pleno, por mayoría simple”. Se apoya el experto en las 70 peticiones de suspensión cursadas en la última legislatura por los Estados, en las que solo una fue rechazada.