Seguridad Vial

Destacados foralistas cuestionan que se pueda arrebatar a la Guardia Civil en Navarra la competencia de Tráfico

Desde sectores socialistas y anexionistas se pretende dar como hecho algo que requiere un periodo transitorio de al menos cuatro años

Guardia civil de Tráfico
Guardia civil de Tráfico en NavarraFotoAgencia EFE

Destacados especialistas en Derecho Foral mantienen que para quitar las competencias de Tráfico a la Guardia Civil en Navarra es necesaria una ley aprobada por las Cortes Generales y no un simple acuerdo de transferencias. A diferencia de lo ocurrido con el País Vasco, su estatuto especificaba las competencias que se reservaba el Estado, entre las que no se encontraba la atribución del Tráfico a la Guardia Civil. De ahí que no fuera necesario más que reunir a la Junta de Transferencias para concretar la transmisión de los servicios, y de los medios personales y materiales necesarios. No es el caso de la Comunidad Foral.

Días pasados publicaba el Boletín Oficial del Estado (BOE) el “Real Decreto 252/2023 de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor”. En él se incluían una serie de disposiciones que, tras su lectura, pueden llamar a engaño y a utilización política, con unas elecciones tan próximos.

Para aclarar el asunto hubiera sido tan sencillo como insertar a la vez el “acuerdo complementario”, firmado por las partes, en el que se especifica que la asunción de la competencia no es efectivo, como se quiere presentar, sino que requiere de un periodo transitorio, en el que deben ser formados los agentes que, en su caso, sustituirán a los de la Agrupación de Tráfico; ni siquiera, en lo que concierne al cobro de multas y otros tributos, la Comunidad Foral adquiere la competencia exclusiva. Es decir, una cosa es leer el Real Decreto de corrido y otra muy diferente saber lo que se esconde detrás de su texto.

De hecho, desde medios socialistas y anexionistas al País Vasco se han apresurado a “vender” la transferencia como algo consumado. Si se lee el acuerdo complementario, el que no está en el BOE, no es así.

En él, se dice textualmente “el despliegue definitivo de los agentes de la Policía Foral para la vigilancia y control en materia de tráfico se irá produciendo de manera progresiva en el plazo máximo de cuatro años a contar desde la publicación del Real Decreto (…) la Guardia Civil continuará en coordinación aquella (la PF) ejerciendo funciones de vigilancia y control en materia de tráfico y circulación de vehículos de motor en las vías interurbanas y en travesías cuando no exista policía local, bajo la dependencia de los órganos competentes de la Administración del Estado”. Es decir, la Agrupación de Tráfico de la Benemérita seguirá en Navarra al menos cuatro años, como algunas elecciones por medio en los que los poderes políticos pueden cambiar de signo.

Asimismo, sobre el cobro de las multas y otras recaudaciones, que en el Real Decreto se da por traspasado, se matiza que en este periodo corresponderá a la Administración del Estado, hasta el 31 de diciembre de 2024, con independencia del cuerpo policial que lo formule. El 75% para el Estado y el resto para la Comunidad Foral.

Todo esto, se especificaba en la nota oficial que dio a conocer el propio Gobierno Foral: “El Gobierno de Navarra ha previsto la necesidad de incorporar al servicio 149 nuevos efectivos de Policía Foral que se sumarán a los 227 con los que cuenta en la actualidad el área de Tráfico y Seguridad Vial. En aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral de Policías de Navarra de 2018, y una vez firmada la transferencia, se activará la pasarela para el acceso voluntario de miembros de la agrupación de tráfico de la Guardia Civil en Navarra a la Policía Foral en la Junta de Seguridad donde se determinarán sus condiciones definitivas”.

“En cuanto a la tramitación, resolución y recaudación de las sanciones, corresponderá a la Administración del Estado desde la fecha de efectividad del traspaso hasta el 31 de diciembre de 2024 con independencia del cuerpo policial que formule la denuncia. A partir del 1 de enero de 2025, la tramitación, resolución y recaudación de los expedientes sancionadores corresponderá a Navarra”, confirmaba.

La Guardia Civil de Tráfico se queda y la Administración Central, también.

Por si faltaba poco, un especialista en Derecho Foral tan prestigioso como Jaime Ignacio del Burgo ha puesto la “guinda” legal en el pastel que socialistas, nacionalistas y bildutarras quieren ofrecer, con indudables objetivos electorales, a los navarros. Ha remitido un trabajo a la presienta foral María Chivite y a los principales cargos públicos del PP y UPN en el que concluye que un mero acuerdo en la Junta de Transferencias no respeta el ordenamiento jurídico.

Según defiende, el Amejoramiento no prevé en Navarra ninguna transferencia en materia de Tráfico pues se remite a las competencias ejercidas en el momento de su promulgación, es decir, el convenio de 1963. “La transferencia de la plena exclusividad de la competencia en materia de tráfico es una modificación del Amejoramiento”, sostiene para a renglón seguido poner de manifiesto que, aunque Navarra tiene derecho a ampliar sus competencias, “si no hay un convenio entre Navarra y el Estado que modifique el Amejoramientono puede acordarse la privación a la Guardia Civil de las funciones que ahora realiza en materia de tráfico.

Y eso, según publicó “Diario de Navarra”, sólo puede hacerse mediante una Ley Orgánica. Es decir, que sólo mediante la modificación del Amejoramiento del Fuero es posible que Navarra ejerza en exclusividad las competencias de ejecución en materia de tráfico que actualmente comparte la Policía Foral con la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

Lo que supone, explica, es que el convenio alcanzado haya de someterse a la aprobación del Parlamento de Navarra por mayoría absoluta y seguidamente al refrendo del Congreso y el Senado, mediante el procedimiento de lectura única y con exigencia de un quórum de mayoría absoluta.

“No es un puro formalismo jurídico, sino una consecuencia del derecho de participación de los ciudadanos en las decisiones que les afectan”, asegura antes de calificar de “inaceptable” que “el Gobierno pueda pactar fuera del procedimiento establecido con ninguna fuerza política de la Comunidad foral o de cualquier otra comunidad la fecha de entrada en vigor de una reforma que debe contar con la aprobación del Parlamento de Navarra y el refrendo de las Cortes Generales”.

Por cierto, que en el mencionado Real Drecreto se transfieren siete vehículos, una decena de radares, una treintena de etilómetros y tres funcionarios, ninguno de ellos adscritos a la Guardia Civil.