Nieta de una víctima

La Fiscalía reclama una multa de 1.000 euros para la mujer que paralizó las exhumaciones en Cuelgamuros

Argumenta que "ocultó" al juzgado que Patrimonio Nacional le trasladó que los trabajos se realizaban "en ejecución de resoluciones judiciales y administrativas"

El Valle de Cuelgamuros
La mujer asegura que las exhumaciones se realizan en el lugar donde está enterrada su abuela, fusilada en Madrid en 1936Rafael BastanteEuropa Press

La Fiscalía ha solicitado a la Audiencia Nacional que imponga una multa de 1.000 euros por mala fe procesal a la nieta de una mujer enterrada en Cuelgamuros que pide la paralización de las exhumaciones para proteger su derecho fundamental a la libertad religiosa y al digno sepulcro de su familiar. El representante del Ministerio Público considera que la mujer, que ha recurrido en apelación la negativa del juzgado central de lo contencioso número 11 del citado tribunal, ocultó al reclamar la suspensión de los trabajos que Patrimonio Nacional ya le había informado de que estos se ejecutaban "en ejecución de resoluciones judiciales y administrativas".

El fiscal se opone a ese recurso, en el que la mujer pide la suspensión cautelar de las exhumaciones. El juzgado ya acordó inicialmente la paralización cautelarísima de esos trabajos a instancias de Abogados Cristianos, que ejerce la representación jurídica de la reclamante, aunque días después rectificó tras recibir las alegaciones de Patrimonio Nacional, que expuso que las exhumaciones se estaban llevando a cabo en un lugar distinto al sitio donde reposan los restos de la abuela de la mujer, fusilada en Madrid en 1936.

Según el Ministerio Fiscal, el recurso carece de fundamento legal, porque las actuaciones en el Valle de Cuelgamuros se están realizando "al amparo y conforme a actuaciones judiciales y administrativas previas". Además, sostiene, los restos de la abuela de la recurrente se encuentran depositados "en una capilla y criptas diferentes a las que están siendo objeto de trabajos de investigación, sin que exista previsión alguna de realizar operaciones forenses en estas", por lo que no afectan al derecho a la libertad religiosa.

Por otra parte, defiende que la suspensión de los trabajos generaría "un evidente perjuicio al derecho de las víctimas a la verdad", y en particular "al cumplimiento del deber de la Administración Pública de proceder a la localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas" garantizado en la Ley de Memoria Democrática.

El fiscal Manuel Campoy ve abuso de derecho

El fiscal defiende su petición de multa a la mujer "por ausencia de buena fe procesal y abuso del derecho a la tutela judicial efectiva, al haber ocultado al juzgado información relevante e insistir sin fundamento legal alguno en la suspensión de las actuaciones".

Pese a ello, se queja, "recurrió y solicitó la adopción de medidas cautelares de especial urgencia", que se acordaron judicialmente sin escuchar a Patrimonio Nacional el 14 de diciembre del pasado año, aunque se dejaron sin efecto una semana más tarde.

El representante del Ministerio Público señala que, pese a todo, "insiste la recurrente mediante el recurso de apelación interpuesto en afirmar que la actuación de Patrimonio Nacional es constitutiva de vía de hecho y que afecta a su abuela, sin aportar ningún dato fáctico nuevo que desvirtúe lo fundamentado en el auto recurrido y constatado en la documentación" aportada al proceso de protección de derechos fundamentales.