"Caso ERE Andalucía"
Hazte Oír denuncia por prevaricación a los magistrados del TC que anularon la condena de Magdalena Álvarez
Consideran que el Constitucional invadió competencias al interpretar el tipo penal por el que fue sentenciada la exministra socialista en la resolución de su recurso
Hazte Oír se ha querellado en el Tribunal Supremo contra siete de los doce magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que votaron a favor de anular la sentencia que condenaba a la exministra socialista Magdalena Álvarez por el "caso ERE" de Andalucía.
La asociación acusa a su presidente, Cándido Conde-Pumpido, y a los magistrados Inmaculada Montalbán, María Luisa Balaguer, Ramón Saez, María Luisa Segoviano, Juan Carlos Campo y Laura Díez de haber incurrido en un delito de prevaricación por "dictar una resolución injusta" que anuló la condena a Álvarez y rebasar así "todos los límites competenciales" del TC al "invadir el terreno de la jurisdicción ordinaria".
Consideran en el recurso al que ha tenido acceso LA RAZÓN "extraña" la rapidez –menos de dos años– con la que se admitió a trámite el recurso de amparo que presentó ante este tribunal la exconsejera andaluza, cuando, señalan, el 75% de los recursos de este tipo son inadmitidos.
Asimismo, los propios motivos en los que fundamentó el TC tal admisión del recurso. El Constitucional resolvió que lo aceptaba porque no existía doctrina sobre el derecho fundamental –a la legalidad penal– que Álvarez aseguraba que se había vulnerado.
Desde Hazte Oír consideran que "no podía haber doctrina" porque "no le corresponde al Tribunal Constitucional interpretar tipos penales" y sí a los Juzgados de la jurisdicción penal y, en último término, a la Sala de lo Penal del Supremo, "que es el órgano que debe fijar jurisprudencia" en un caso como este.
Por otro lado, la asociación provida denuncia que este grupo de magistrados tienen vinculación con el PSOE, al que también pertenece y del que fue cargo público Magdalena Álvarez. Particularmente, apuntan, la propia ponente, Inmaculada Montalbán, que fue distinguida con la Medalla de Andalucía por la administración de José Antonio Griñán, presidente del Gobierno que fue condenado por este mismo caso.
Hazte Oír lleva a cabo esta nueva acción acción judicial con el fin de dilucidar si, como ellos entienden, el TC dictó una sentencia prevadicadora en la causa judicial de Magdalena Álvarez porque interpretó un tipo penal para anular la sentencia y este órgano judicial "solo le incumbe examinar la posible vulneración y restricción de derechos fundamentales".
En este sentido, recuerdan, la reciente sentencia que anuló la condena a la expolítica socialista dictada, primero, por la Audiencia Provincial de Sevilla, y, luego, por el Tribunal Supremo en la macrocausa de corrupción política en la Junta de Andalucía se apoyó en que ambos tribunales habían realizado "una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación" al interpretar el acto de redacción de unos presupuestos como uno gubernativo y no de carácter administrativo.
Por tanto, se querella Hazte Oír al observar que el Constitucional realizó con ello "una interpretación de un tipo penal extralimitándose de sus funciones" y acusa a los siete magistrados que permitieron con su voto el dictamen de tal resolución de haber incurrido en un delito de prevaricación.
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