Cataluña

Menos responsabilidad para Puigdemont que los ex consellers

La decisión del juez alemán limita la participación del ex president a la malversación.

Un independentista protesta a las puertas de la prisión de Neumünster, en Alemania
Un independentista protesta a las puertas de la prisión de Neumünster, en Alemanialarazon

La decisión del juez alemán limita la participación del ex president a la malversación.

La decisión de la Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein (norte de Alemania) de descartar la entrega de Carles Puigdemont por el delito de rebelión, tal como se instó desde el Tribunal Supremo, deja un escenario judicial un tanto complicado. Por un lado, a otros once de los procesados por el magistrado Pablo Llarena se les imputa el delito de rebelión, en relación con todo los sucedido en el «asedio» a la Consejería de Economía y con el referéndum ilegal del 1 de octubre; pero, ahora, se le da la circunstancia de que a quien se considera que está en la cúspide de la «organización» que diseñó todo el organigrama destinado a la secesión de Cataluña de forma unilateral no se le podría juzgar por ese delito si finalmente la decisión inicial de la Justicia alemana no es revocada por una instancia superior y se convierte en firme.

De esa forma, se daría la paradoja de que sus «subordinados» podrían responder de un delito de rebelión, aunque la Fiscalía podría acusar finalmente por un delito distinto, como es el de sedición, mientras que Puigdemont lo sería, en su caso, sólo por el delito de malversación, siempre que finalmente sea entregado por este delito, algo sobre lo que no se ha pronunciado todavía la Justicia alemana.

La decisión del tribunal germano viene a suponer un «revés» a uno de los argumentos sustentados por el instructor de la causa del Tribunal Supremo, en el sentido de considerar que no hubo violencia en nada relacionado con el referéndum ilegal; violencia que es la que justificaba la decisión de procesar a doce ex dirigentes catalanes por rebelión. Así, en el auto de procesamiento, el magistrado señalaba que adoptaron la decisión de promover el referéndum que determinaría la declaración de independencia «sirviéndose o asumiendo la violencia que exigiría o comportaría su celebración, tal y como en ese momento se evidenciaba». Y, junto a ello, especificaba que un número importante de ciudadanos hicieron frente a la labor de los policías el día del referéndum ilegal, lo que –además de las lesiones sufridas por diversos ciudadanos fruto del uso de la fuerza policial–, «se materializó en numerosos actos de violencia que lesionaron a distintos agentes o causaron daños en su material».

El magistrado se detenía especialmente en el «asedio de hasta 60.000 manifestantes, cuya masa se agolpaba hasta tocar la propia puerta de entrada del edificio» durante los registros a la sede de la Consejería de Economía el pasado 20 de septiembre. Esos hechos, recalcaba, «reflejan todas las exigencias que se han identificado para un actuar violento y aun para la violencia» que exige el delito de rebelión.

Sin embargo, nada de ello parece haber convencido a los magistrados de la audiencia alemana que han decidido que no hubo violencia y, por tanto deniegan la entrega por el delito de rebelión, al considerar que el delito similar, el de «alta traición», no se cumple por el mismo motivo de falta de violencia. De esta forma, Carles Puigdemont, si se confirma esta decisión inicial, sólo podría ser juzgado por malversación de caudales públicos. Este delito está penado con prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación de 10 a 20 años. Por tanto, de ser juzgado y condenado no podría ocupar un cargo público durante todo ese tiempo.

En relación con la malversación, el auto de procesamiento destaca que los gastos públicos que «necesariamente» habían de realizarse o comprometerse para la realización del referéndum ascendían a un total de 1,6 millones de euros, con la siguiente distribución: 224.834 euros de la campaña de registro de catalanes en el extranjero para la emisión del voto; 277.804 euros relativos a la campaña de publicidad y difusión de la convocatoria; 979.661 euros en materia de suministro de papeletas, censo electoral y citaciones de los miembros de mesas electorales, y 199.700 euros por la participación de observadores internacionales.