
"Procés"
Tres jueces del TC sostienen que apartar a Macías del debate sobre la amnistía afecta a la "estabilidad" del tribunal
Alertan de que aceptar su recusación compromete "la garantía de independencia" de los vocales del CGPJ y denuncian un "trato privilegiado" al fiscal general

La decisión del Tribunal Constitucional (TC) de apartar al magistrado conservador José María Macías del debate sobre la amnistía -tal y como pidió el fiscal general del Estado por haber informado en contra de la ley cuando era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto una nueva brecha en la corte de garantías. En un contundente voto particular, tres magistrados de la institución -Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa (un cuarto, Ricardo Enríquez, también se opuso, pero plasmará su discrepancia al margen)- denuncian que el TC ha otorgado un "trato privilegiado" al fiscal general del Estado, que impulsó esa recusación, y alertan de que esta decisión compromete la "estabilidad" del tribunal en un asunto "de especial trascendencia política".
"El objeto de un informe elaborado por el Consejo -replican al auto respaldado por la mayoría progresista- no puede coincidir con el objeto de la cuestión de inconstitucionalidad, por la sencilla razón de que al elaborar el informe ni se conocen ni, por tanto, se puede dar respuesta a los motivos de la cuestión de inconstitucionalidad que todavía no había podido ser planteada ya que la norma no había sido aprobada".
"Es evidente -recalcan- que ninguna de las opiniones expresadas en el informe fue incluida en el texto definitivo de la norma" por lo que es dictamen "careció de impacto alguno en el proceso legislativo". Por lo tanto, niegan que esa participación en el informe reclamado por el Senado al CGPJ suponga una "conexión suficientemente intensa o relevante", como sostiene el auto de la mayoría.
Los tres jueces discrepantes defienden que la recusación planteada "fue indebidamente admitida a trámite" y, en todo caso, debió rechazarse al no concurrir las causas de recusación tasadas por ley. Según ponen de relieve, esa admisión de una recusación "planteada tardíamente" ha supuesto someter a Macías "a una indeseable incertidumbre y menoscabar la necesaria estabilidad" del tribunal "en un asunto de especial trascendencia política".
Al mismo tiempo, advierten de que apartar a un magistrado del TC por sus opiniones jurídicas emitidas como vocal del CGPJ en el marco de sus funciones constitucionales, puede acarrear que los vocales vean "limitadas sus posibilidades para ser nombrados magistrados de este tribunal por el solo hecho de cumplir rectamente con las obligaciones de su cargo". De este modo, se quejan, "se debilita la posibilidad de que los vocales del Consejo puedan tomar decisiones objetivas libres de presiones políticas".
En ese voto particular, los magistrados -que recuerdan que el Pleno se negó a aceptar la abstención de la magistrada Concepción Espejel en el debate sobre la ley del aborto pese a su participación en el borrador de informe sobre la esa reforma- sostienen que el TC dio un "trato privilegiado" al fiscal general para que pudiera "replicar las alegaciones" de Macías al incidente de recusación, provocando indefensión al exvocal del CGPJ
Para los tres jueces conservadores, el TC ha dado un volantazo a su doctrina sobre el cómputo del plazo para presentar un incidente de recusación de un magistrado, por la que -recuerdan- ese plazo "debía computarse desde el momento en que la parte interesada", en este caso el fiscal general, "tuvo un conocimiento concreto de los elementos que fundamentan la recusación". El máximo representante de la Fiscalía, señalan, se enteró de la presentación por parte del Tribunal Supremo (TS) de una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía "al menos desde el 3 de septiembre" del pasado año.
Siendo oficial (publicada en el BOE) la incorporación de Macías al Tribunal Constitucional el 7 de agosto (tomó posesión el 31 de julio), el fiscal general estaba ya "en condiciones de promover la recusación".
Por tanto, aseguran, el plazo para promover la recusación finalizaba el 17 de septiembre del pasado año, "por lo que el escrito del fiscal general del Estado se presentó de forma extemporánea".
Y aunque "no existe en la historia del Tribunal Constitucional precedentes de que el fiscal general del Estado haya recusado" a un magistrado del TC -hacen hincapié-, el Ministerio Fiscal "puede y debe plantear la recusación de un magistrado tan pronto como tenga noticia de que concurre causa para ello" (sin esperar al auto de admisión de la cuestión de inconstitucionalidad, que se dictó el 11 de septiembre). Y recuerdan la doctrina del TC sobre la improcedencia de "un uso estratégico de la recusación" para evitar así "condicionar su actuación o alterar el normal desarrollo del proceso y generar incertidumbre acerca de la estabilidad y composición del tribunal".
"Se trata de impedir que la recusación se convierta en una forma de amenaza o presión al juez, permitiendo a las partes invocar causas de recusación de manera tardía para alterar la composición del tribunal en función de la evolución del proceso", resaltan.
El cambio de doctrina, advierten, "abre la puerta a comportamientos de invocación selectiva, estratégica o arbitraria de las causas de recusación".
Tras recordar que en su actual composición en el TC se integran cuatro exvocales del CGPJ, los jueces discrepantes sostienen que apartarlos "contra su voluntad por haber emitido opiniones jurídicas en el marco de las funciones consultivas atribuidas" al Consejo "afecta a la garantía de independencia con la que debe desempeñarse la función de vocal del Consejo y puede producir un efecto de desaliento" en el ejercicio de labor consultiva.
En este sentido, esgrimen la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que determina que la independencia judicial incluye tanto a jueces como a los órganos responsables de su nombramiento y supervisión y que garantizarla "incluye que sus miembros puedan ejercer sus funciones sin temor a represalias por parte de otros poderes del Estado".
✕
Accede a tu cuenta para comentar