
Tribunales
Más de ocho años de cárcel por violación y amenazas en Pontevedra
Tras la agresión, obligó a la víctima a ducharse antes de que esta lograse huir y pedir ayuda

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado una sentencia condenatoria contra un joven al que impone ocho años y cinco meses de prisión por violar y amenazar a una chica en Ponteareas (Pontevedra) en la madrugada del 5 de mayo de 2024. Los magistrados lo consideran autor de un delito de violación, castigado con ocho años de cárcel, y de un delito de amenazas, con otros cinco meses.
Los hechos probados recogen que acusado y víctima se conocieron aquella noche en un local de ocio de Ponteareas. Tras un primer contacto, ambos se desplazaron en coche hasta la vivienda del joven, donde residía con su pareja y sus hijos pequeños. Una vez allí, según el fallo, el acusado condujo a la chica a una habitación y, pese a las negativas reiteradas de ella, utilizó la fuerza y la intimidación para consumar la agresión sexual. El tribunal da por acreditado que la víctima fue retenida en contra de su voluntad, que sufrió penetraciones vaginales mientras lloraba y pedía que se detuviese, y que fue sometida a diversos actos sexuales no consentidos.
La sentencia señala que, tras la agresión, el condenado impidió a la joven abandonar la casa y le retiró el teléfono móvil, llegando incluso a imponerle que debía ducharse antes de poder irse. Ante su negativa, volvió a desnudarla por la fuerza y la sometió de nuevo a prácticas sexuales. La víctima consiguió finalmente escapar del inmueble, salió corriendo a la calle y buscó refugio en un lugar próximo desde donde contactó con su madre y con una amiga, a las que relató lo sucedido a través de mensajes y llamadas. Fue entonces cuando se activó la alerta policial.
Los agentes de la Policía Local de Ponteareas y de la Guardia Civil la encontraron minutos después, en estado de shock, llorando y con gran nerviosismo. En ese momento, según recoge el fallo, la joven manifestó espontáneamente que había sido violada e identificó al autor. La intervención de los servicios sanitarios constató lesiones compatibles con lo narrado, como un hematoma en la muñeca y eritema en el cuello, además de restos biológicos que fueron analizados por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, confirmando la presencia de ADN del acusado.
La Audiencia destaca que el relato de la víctima fue persistente y coherente desde el primer momento y que se ve corroborado por múltiples elementos periféricos: las declaraciones de las amigas con las que contactó tras la agresión, las comunicaciones telefónicas registradas en esas horas, el testimonio de una vecina que la vio huir apresuradamente de la casa y los informes médicos y forenses.
Además de la pena de prisión, el tribunal impone al condenado una medida de libertad vigilada de seis años a cumplir una vez finalice su estancia en prisión y trece años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto directo con menores. También se establece una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima durante tres años.
En concepto de responsabilidad civil, el agresor deberá indemnizar a la víctima con 10.000 euros por los daños morales y las secuelas sufridas. El fallo recuerda que “padecer una agresión sexual produce necesariamente un daño psicológico y emocional que, aunque no puede ser reparado en su totalidad, merece reconocimiento judicial y compensación”.
La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en el plazo de diez días.
✕
Accede a tu cuenta para comentar

Riesgo de escalada