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Tribunales

Nueve años de prisión por una escalada de violencia, control y amenazas contra su expareja en Pontevedra

La sentencia describe un patrón obsesivo de celos, aislamiento, agresiones y daños, culminado con amenazas con un cuchillo y vídeos íntimos grabados sin consentimiento

Audiencia Provincial de Pontevedra. Cedida

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a nueve años de prisión a un hombre por una grave y sostenida cadena de agresiones, amenazas, coacciones, daños y maltrato habitual ejercidos contra la mujer con la que mantuvo una relación sentimental entre 2020 y 2022.

La resolución, dictada por la Sección Cuarta, perfila un patrón de violencia “controladora y celosa” que se instauró desde los primeros meses de la relación y que, según el tribunal, llegó a “aislarla de su familia y amistades”, además de humillarla y menospreciarla de forma reiterada.

Los magistrados consideran probado que, en febrero de 2022, durante una salida nocturna, el condenado la agarró por el cuello y la empujó contra una pared dentro de un pub. Meses después, en agosto, la escena se repitió en una zona de vinos, donde el agresor tiró el vaso que ella sostenía y la increpó a gritos para obligarla a marcharse del lugar, según recoge la sentencia.

Episodios de violencia tras la ruptura

Lejos de concluir con el fin de la relación, la violencia escaló. En diciembre de 2022 fracturó el cristal del vehículo de la víctima y, en febrero de 2023, condujo en sentido contrario hacia ella y su acompañante, frenando a muy poca distancia. En junio del mismo año, tras insistir en que se fuera con él para “hablar”, llegó a exhibir un cuchillo, amenazó con rajarle las ruedas del coche, rompió las lunas del vehículo y embistió con su propio coche contra el de la víctima.

El tribunal también declara probado que el condenado grabó en secreto un vídeo y fotografías de los senos y las partes íntimas de la mujer mientras ella se encontraba desnuda en una habitación de hotel, sin que lo advirtiera ni diera su consentimiento.

Además, durante meses posteriores a la ruptura la sometió a un continuo hostigamiento mediante mensajes, llamadas y audios para controlar dónde estaba y con quién, apareciendo con frecuencia en los mismos lugares que ella.

Pruebas periciales, testigos y mensajes

La Sala fundamenta su decisión en la credibilidad de la víctima, reforzada por testimonios, informes médicos, periciales y el historial de comunicaciones aportado. Además de la pena de prisión, el agresor deberá indemnizarla con 8.000 euros por el daño moral causado.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia