Sentencia

Once años de cárcel por intentar matar a su pareja con un cuchillo de cocina

La Audiencia de A Coruña considera probado que apuñaló de forma “sorpresiva” a la mujer en el abdomen, causándole heridas potencialmente mortales

Audiencia Provincial de A Coruña
Audiencia Provincial de A CoruñaMarcos Míguez

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a once años y medio de prisión a un hombre por intentar asesinar a su pareja en la vivienda que ambos compartían. Los magistrados consideran acreditado que el acusado atacó a la mujer con un cuchillo de cocina, clavándoselo en el abdomen “de forma totalmente inesperada y sorpresiva”, y que solo la rápida asistencia médica evitó un desenlace fatal.

Los hechos se produjeron el 27 de noviembre de 2023, cuando la pareja, que convivía con un hijo menor, regresó a su domicilio tras una cita médica. Según recoge la sentencia, mientras el hombre preparaba el desayuno, su pareja le recriminó una supuesta relación con otra mujer. En ese momento, el acusado, con el cuchillo en la mano, se abalanzó sobre ella y le asestó una puñalada en el costado izquierdo. La víctima, herida y sangrando, logró pedir auxilio a los vecinos desde una ventana antes de ser trasladada de urgencia al Complexo Hospitalario Universitario de A Coruña, donde fue intervenida quirúrgicamente.

El tribunal aprecia la existencia de dolo homicida y la concurrencia de alevosía en su modalidad “sorpresiva y convivencial”, al producirse el ataque en el ámbito doméstico y sin posibilidad de reacción por parte de la víctima. La Sala destaca, además, el “persistente relato” de la mujer y la existencia de “abundantes y contundentes elementos corroboradores periféricos”, entre ellos las declaraciones de los vecinos, los agentes policiales y el informe médico forense, que confirma que las lesiones eran compatibles con un apuñalamiento.

La Audiencia descarta por completo la versión del procesado, quien llegó a alegar que la víctima se había autolesionado. “Esa explicación se presenta como de imposible ejecución”, subrayan los magistrados, recordando que la herida afectó al peritoneo y que el acusado no socorrió a la mujer tras el ataque.

Además de la pena de prisión, la sentencia impone al condenado la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y con el hijo menor durante veinte años, la privación de la patria potestad respecto de los tres hijos comunes y la expulsión de España una vez cumplidos siete años de condena, con prohibición de entrada durante una década.

El tribunal absuelve al acusado de los delitos de maltrato en el ámbito de la violencia de género, agresión sexual intentada y delito leve de injurias, al no existir pruebas suficientes que los acrediten. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.