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Tribunales

Seis meses de cárcel por negarse a realizar la prueba de alcoholemia en A Coruña

El hombre, que conducía un Aston Martin, fue absuelto del delito de conducción bajo los efectos del alcohol al no haberse demostrado que su capacidad estuviera afectada

Juzgados de lo penal, A Coruña. Barrallo

El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a un conductor a seis meses de cárcel y a un año de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia.

Sin embargo, el magistrado lo ha absuelto del delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, al no haberse acreditado que superase las tasas de alcohol permitidas ni que su conducción estuviese gravemente afectada por el consumo de alcohol.

Según recoge la sentencia, los hechos ocurrieron el 22 de septiembre de 2024, cuando el acusado conducía un Aston Martin por A Coruña y estacionó de forma irregular en una zona peatonal.

Una patrulla del Cuerpo Nacional de Policía, que realizaba labores de vigilancia relacionadas con el tráfico de estupefacientes, observó la maniobra y decidió seguir el vehículo.

Los agentes lo interceptaron en la ronda de Outeiro, a la altura del número 246, tras comprobar que el coche no era conocido en la zona y que sobre el titular del vehículo constaba una resolución administrativa de pérdida de vigencia del permiso de conducción, aunque no se acreditó que el conductor estuviese al tanto de esta resolución.

Al detener el vehículo, los agentes observaron en el conductor signos externos de haber consumido bebidas alcohólicas y solicitaron la presencia de un equipo de atestados de la Policía Local. Estos últimos requirieron al conductor que se sometiera a las pruebas de detección alcohólica, a lo que el acusado se negó reiteradamente, a pesar de haber sido advertido de las posibles consecuencias penales de su negativa.

La sentencia

El juez considera probado que el delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia “se consumó en el mismo instante en que, de manera obstinada, el acusado rehusó efectuarlas”. Por este motivo, se le impone la pena de seis meses de prisión y un año de privación del derecho a conducir.

Sin embargo, el magistrado ha decidido absolver al acusado del delito de conducción bajo la influencia del alcohol, ya que no se pudo demostrar que su capacidad para conducir estuviese gravemente afectada.

En su resolución, el juez subraya que “no todo consumo de alcohol es incompatible con la conducción” y que los signos observados por los agentes podrían tener otras causas, como la falta de sueño y el cansancio, dado que los hechos ocurrieron a altas horas de la madrugada. Además, destacó que en los 50 metros en los que los agentes pudieron observar su conducción, no se detectaron irregularidades.

La sentencia aún no es firme, ya que contra ella cabe presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.