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La Razón
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Esta semana la Audiencia de Navarra, en una sentencia sin precedentes, consideró que la devolución de una casa era suficiente para saldar una deuda a pesar de que en ese caso los fondos obtenidos en la venta del inmueble fueron menores al saldo vivo de la deuda. No sé si esta sentencia se ajusta a derecho, o si el juez en este caso pretende legislar desde su juzgado, pero sí estoy seguro de que la sentencia es profundamente ética y atiende a un problema que afecta a miles de españoles. Una de las peculiaridades de nuestro bendito país es que el crédito hipotecario no existe, mejor dicho, existe para las grandes empresas y promotoras, pero no para el ciudadano de a pie, que además de responder a un crédito con el bien hipotecado, lo hace también con el resto de sus bienes y sus rentas presentes y futuras.

En España tuvimos una burbuja de crédito inmobiliario, no por la proliferación de hipotecas basura que no existen, sino porque los bancos y cajas se dedicaron a financiar el 100% e incluso el pago de intereses de enormes promociones, y porque en ánimo de crecer sus carteras algunos bancos y agentes manipularon al alza el valor de tasación de las viviendas.

Ahora que los precios bajan, resulta que los promotores inmobiliarios pueden entregarle las llaves de la promoción al banco e irse a su casa tan tranquilos, pero los ciudadanos se ven obligados bien a mantener una hipoteca cuyo valor es sustancialmente superior al valor de la vivienda, o, peor todavía, sin poder pagar los intereses, además de perder su casa tienen que seguir pagando una deuda en algunos casos durante el resto de sus vidas.

La situación actual clama al cielo y es urgente una reforma del mercado hipotecario, algo que no compete a ningún juez pero sí al legislador.