Ministerio de Justicia

Justicia aboga ahora por mantener la elección parlamentaria de vocales

Se «procurará respetar la proporción existente» entre asociados y no afiliados

Alberto Ruiz-Gallardón, ministro de Justicia
Alberto Ruiz-Gallardón, ministro de Justicialarazon

MADRID- El proyecto de la Comisión de Expertos del Ministerio de Justicia abogaba por la elección directa por parte de jueces y magistrados –cuestión que defendió públicamente el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón– y que éstos, si no formaban parte de la Comisión Parlamentaria, pudiesen continuar al frente de sus juzgados y compatibilizarlo con sus funciones en el órgano de gobierno de jueces y magistrados. Sin embargo, en el borrador de Ley Orgánica de Reforma del CGPJ, al que ha tenido acceso íntegro LA RAZÓN, se produce un cambio radical en ese aspecto esencial.

Así, se aboga por mantener la designación parlamentaria «dura y pura» de todos y cada uno de los vocales, incluidos aquellos que sean jueces y magistrados. Para optar a ese cargo desde la Carrera Judicial, bastará con que el candidato presente 25 avales o sea propuesto por una de las asociaciones.

«Desvinculado de la Carrera»
 En el sistema actual, la Carrera, a través de las asociaciones y avales de no asociados, se pueden presentar hasta un máximo de 36 candidatos, entre los que el Congreso designa a seis y el Senado, a otros tantos. Esta opción, en el borrador de Justicia desaparece completamente. «Es volver al sistema anterior a la reforma de 2003 y situarnos, prácticamente, en el que había en el año 1985, y todo porque parece que hay un claro intento de debilitar a las asociaciones y al propio Consejo que, de esta manera, queda completamente desvinculado de la Carrera», señalaron a este periódico fuentes asociativas judiciales.

En el texto de Justicia se destaca igualmente que en la designación de los vocales de procedencia judicial, «las Cámaras procurarán respetar la proporción existente en la Carrera Judicial» en ese momento entre jueces y magistrados no asociados y los afiliados a cada una de las distintas asociaciones judiciales.
De estos 12 vocales, al menos tres deberán ser magistrados del Supremo, otros tres deben tener al menos 25 años de antigüedad en la Carrera Judicial, cuatro con menos de tiempo y dos jueces.

Este texto mantiene que aquellos vocales que no formen parte de la Comisión Permanente tendrán que compatibilizar su cargo en el Consejo con sus destinos judiciales, de abogados o cualquier otra profesión. Los consejeros podrán ser destituidos por el Pleno si hicieran uso de su condición para fines «públicos o privados» ajenos a su función. Otra novedad que se establece es que las votaciones en el Pleno no tendrán «carácter secreto», a diferencia de lo que ocurre hoy día
Un aspecto criticable desde las asociaciones es la previsión que se hace respecto a que el Consejo participará, «en los términos legalmente previstos», en la selección de jueces y magistrados. «Tal como está redactado, se abre la vía para reducir competencias al Consejo en esta materia y a que se pueda ingresar desde un principio en la Carrera desde un sistema distinto de las oposiciones».

Una vez que entre en vigor la nueva ley, sólo el presidente, vicepresidente y los cuatro vocales de la Comisión Permanente tendrán sueldo «fijo», mientras que los demás percibirán «exclusivamente» las dietas que se fijen, «sin derecho a ninguna otra clase de remuneración por el cargo de vocal».

Menos potestad reglamentaria
El proyecto de Justicia, en el que se refuerza la figura y competencias del presidente de forma notable, limita la potestad reglamentaria interna del CGPJ a su organización y funcionamiento, personal, Escuela Judicial, órganos de gobierno de juzgados y tribunales, publicación de las resoluciones judiciales y Centro de Documentación Judicial. En cambio, «no podrá dictar reglamentos en cualesquiera otras materias, ni regular directa o indirectamente los derechos y deberes de personas ajenos al mismo».
De esta forma, y a diferencia de lo que ocurre en la actualidad, el Consejo «no tendrá potestad para regular ni siquiera las cargas de trabajo que pueden soportar los jueces y magistrados,», destacaron al respecto las fuentes consultadas por este periódico.