Crisis migratoria en Europa

¿Qué es el Convenio de Dublín que quiere abolir la UE?

Es el reglamento que establece a qué Estado corresponde examinar una solicitud de asilo

Solicitantes de asilo del campamento de Moria en sacos de dormir en las tiendas de campaña improvisada junto al nuevo campamento de refugiados en la isla de Lesbos
Solicitantes de asilo del campamento de Moria en sacos de dormir en las tiendas de campaña improvisada junto al nuevo campamento de refugiados en la isla de LesbosVANGELIS PAPANTONISEFE

La Comisión Europea busca desbloquear la reforma de asilo y migración que los países de la UE tienen aparcada desde hace años por las diferencias sobre cómo gestionar las llegadas irregulares y que Bruselas espera solucionar con la promesa de un mecanismo de solidaridad entre Estados miembros y un refuerzo de las expulsiones.

La presidenta del Ejecutivo comunitario, Ursula von der Leyen, adelantó ya la pasada semana que el objetivo de Bruselas es “abolir” el reglamento de Dublín que deja toda la responsabilidad de la acogida en los países de entrada, para crear un mecanismo de solidaridad que reequilibre el peso de la acogida entre los Veintisiete.

¿Pero qué es exactamente el reglamento de Dulín?

El Convenio de Dublín es un acuerdo de los Estados miembros de la Unión Europea por el que se establece a qué Estado corresponde examinar una solicitud de asilo según las circunstancias de acceso a los países miembros –normalmente, aquel por el que la persona accedió a la Unión Europea-. Se firmó en 1990 y fue ratificado por el Estado español en 1995. En 2003 fue actualizado y sustituido por el reglamento Dublín II. Finalmente, su última versión,  Dublín III, fue aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE en 2013.

En teoría sirve para evitar que España, Italia y Grecia reciban a la mayor parte de las personas que alcanzan las costas europeas,.

El Convenio de Dublín fija criterios para determinar qué país debe hacerse cargo de una solicitud de asilo, teniendo en cuenta vínculos familiares o culturales del solicitante con el país que debe tramitar su solicitud. Otros criterios son el tener un visado o un permiso de residencia en un estado miembro o el país por donde el solicitante ha accedido a territorio europeo, ya sea de manera legal o ilegal.

El problema es que finalmente el criterio que más se aplica es el del país de llegada, lo que perjudica a España, Grecia e Italia.