Caso ERE

Confiar en Guerrero, «Dios» de las ayudas, no es delito

Núñez archiva otra pieza de los ERE al considerar al empresario «víctima» de la «caótica» gestión de la Junta

El ex director general de Trabajo de la Junta, Francisco Javier Guerrero
El ex director general de Trabajo de la Junta, Francisco Javier Guerrerolarazon

Núñez archiva otra pieza al considerar al empresario «víctima» de la «caótica» gestión de la Junta

La efervescencia concesionaria de ayudas de la Junta que se investiga en el «caso ERE» incluyó una de 1.009.365,62 euros con una destinataria: la empresa Centro de Limpieza Industrial Huévar SL. La subvención se articuló a través de un convenio de colaboración de septiembre de 2005 suscrito por la Dirección General de Trabajo y la agencia IDEA y el pago se efectuó mediante transferencias bancarias en nueve plazos. Esa transacción acabó centrando una de las piezas de la «macrocausa» que ahora la instructora, María Núñez, ha archivado con argumentos como que para el empresario el ex director general de Trabajo, el encausado Francisco Javier Guerrero, «era un Dios».

En un auto, fechado el 8 de marzo y al que tuvo acceso LA RAZÓN, la jueza hace un repaso de la declaración que hizo en calidad de investigado en octubre de 2016 el empresario, José Román Sánchez, según la cual hasta conseguir los fondos públicos habló con «muchos funcionarios», con el ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas «alguna vez» y con «delegados posteriores», además de presentar «numerosos documentos siempre en ‘registro’». A Guerrero «lo vio un minuto», dijo, para confesar su impresión sobre él después de que se le otorgara la ayuda: «Era un Dios para mí».

Cree la magistrada que en torno a la actuación de Román, representado en la causa por el abogado Juan Carlos Alférez, «no se constata conducta alguna que pueda ser constitutiva de ilícito penal». «Los ciudadanos en la gestión y solicitud de las ayudas públicas se limitan a seguir el procedimiento que fijan las administraciones», sostiene la jueza, quien añade que «no cabe la menor duda», de que la subvención se pidió al considerarla «justa y adecuada» y «con una finalidad lícita». Indiscutible es también, a juicio de Núñez, que se destinó a la finalidad para la que se demandó y que se llevó a cabo una inversión que «generó puestos de trabajo».

En línea con lo expuesto en resoluciones anteriores, la jueza mantiene en su auto que, «salvo superior criterio», se debe entender que «ninguna responsabilidad penal puede tener el ciudadano que, bajo el principio de confianza» en las instituciones, «asume la situación de sujeto en una relación jurídico-administrativa, ante una irregular actuación de la Administración en el procedimiento de concesión». Para Román, la Dirección General de Trabajo «era el máximo exponente y su director un DIOS –mayúsculas del auto– en el que, por supuesto, confiaba, y confiaba en los funcionarios y en su Administración», recalca la instructora.

Desarrolla en varios párrafos posteriores su tesis de que no se puede responsabilizar al administrado de las anomalías, en este caso la Junta, salvo que conste «fehacientemente» que aquél haya actuado «en connivencia con el concedente» para obtener un dinero al que no tendría derecho. Una situación que no se ha acreditado, mantiene, en el bloque que afecta al centro de limpieza industrial, sino «todo lo contrario».

En definitiva, defiende Núñez que «ninguna responsabilidad penal puede atribuirse» al empresario encausado quien, «más que delincuente, podría considerarse víctima o perjudicado por la actuación» de la Dirección General de Trabajo. Lo que sí puede desprenderse no sólo de lo actuado en esta pieza sino en otras del «macroproceso», señala la jueza, es que «se podría calificar a la gestión y tramitación» que se hacía en ese organismo de la Junta con Guerrero al frente de «caótica» por «el desorden en la tramitación de los expedientes». Punto en el que recuerda que Román tuvo que hacer frente a una petición de reintegro por parte del Gobierno andaluz y descubrió que «sólo había un papel» por lo que «tuvo que presentarlo todo otra vez». En todo caso, ni del trámite seguido, ni de la ausencia de documentación ni de lo adecuado o no «del origen de la partida presupuestaria de la que procede la ayuda», se puede culpar al ciudadano, remacha Núñez, para quien «no existe el más mínimo indicio de responsabilidad penal que justifique mantener la investigación abierta» sobre Román u otro beneficiario del más de un millón.

Otros dos investigados insisten: no hubo alertas

El ex secretario general técnico de la Consejería de Empleo Javier Aguado continuó ayer con su declaración en el juicio y defendió que las subvenciones sociolaborales no eran para ayudar a empresas, sino a «personas» y a «comarcas», hasta el punto de que, dijo, si no se hubieran concedido en concreto las de la Faja Pirítica de Huelva, se hubiera tenido que cerrar ese «Condado» onubense. Fuentes del caso apuntaron también a este periódico que, a preguntas del presidente del tribunal enjuiciador, Aguado explicó que el proceso de elaboración de los Presupuestos de la Junta es prolongado y que por sistema en las reuniones técnicas no participaba el consejero de Hacienda, en su etapa José Antonio Griñán, sino los viceconsejeros. Con todo, admitió haber asistido a «alguna reunión» con Griñán en la que se habló del crédito de la partida presupuestaria 31L, el llamado «fondo de reptiles». Tanto él como su sucesora en el cargo, Lourdes Medina, negaron haber recibido alerta alguna de irregularidades en las ayudas ahora bajo la lupa judicial.