Sevilla

El TS desmonta la cruzada ideológica de la Junta contra la educación diferenciada

Desestima un recurso del Gobierno de Díaz, niega discriminación de los centros y avala los conciertos

Esteban Guerrero es gerente de Altair, uno de los nueve centros no mixtos
Esteban Guerrero es gerente de Altair, uno de los nueve centros no mixtoslarazon

Desestima un recurso del Gobierno de Díaz, niega discriminación de los centros y avala los conciertos

«En el último minuto y de penalti, pero lo hemos conseguido». Esteban Guerrero, gerente del colegio Altair de Sevilla, no podía expresar más gráficamente el sentir de directivos, profesores, empleados y, sobre todo, padres y madres de los centros de educación diferenciada, que ayer recibían con «enorme satisfacción» el fallo del Tribunal Supremo, que reconoce el derecho al concierto que la Junta de Andalucía, exclusivamente por razones ideológicas, les negaba. Porque el dictamen llega justo el día después de que la Consejería de Educación diera oficialidad, vía BOJA, a la retirada de la subvención a los nueve centros que defienden en la comunidad este modelo pedagógico y a sólo días del inicio del periodo de matriculación en Infantil y Primaria y de preinscripción en las siguientes etapas académicas.

El alto tribunal, como los colegios sostenían que iba a ocurrir, desestimó el recurso de casación interpuesto por la Junta contra la sentencia del TSJA, que en septiembre de 2015 anulaba la resolución de la Consejería de Educación que denegaba el concierto al colegio Altair, el primero en presentar la reclamación judicial. Y en los próximos días, el Supremo ratificará también las sentencias favorables del TSJA a los centros Yucatal, Zalima, Ribamar, Torrealba, Elcható, Ángela Guerrero, Albaydar y Nuestra Señora de Lourdes, que también acudieron a los tribunales para evitar una decisión que les condenaba al cierre.

La Junta sostenía que, dado el carácter «segregador» de este modelo, se «impide la igualdad de oportunidades». La propia Susana Díaz abanderó esta persecución. Su discurso se apoyaba en el artículo 14 de la Constitución, la ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la ley de igualdad de género en Andalucía, que defienden la no discriminación por sexo. Incluso ponía en cuestión el artículo 84.3, donde la Lomce hace mención expresa a la enseñanza diferenciada, negando discriminación alguna.

Ahora, el Supremo asegura que la Lomce es «plenamente conforme» con el principio de igualdad y entiende que «no se puede asociar la enseñanza separada con la discriminación por razón de sexo» y que la enseñanza mixta «es un medio, no el único, de promover la eliminación de aspectos de la desigualdad por razón de sexo». Igualmente, el TS zanja la cuestión interpretativa sobre la Convención de la Unesco: «Resulta plenamente conforme con el artículo 2 de la Convención de la Unesco que las facilidades equivalentes de acceso de ambos sexos a la enseñanza deban ser proporcionadas, bien por los sistemas educativos o por los establecimientos, sin que resulte exigible a los centros».

Respecto a la suspensión del procedimiento, «adoptarlas sin existir duda de constitucionalidad produciría un perjuicio al derecho a la tutela judicial efectiva de las partes», pues «perpetuaría» una situación que le priva del acceso a unos fondos públicos, sin base legal. Este punto propició un voto particular de una de las magistradas, que considera que la sentencia tiene un carácter «prematuro», pues estima que debió suspenderse la votación y fallo del recurso de casación hasta que fuera resuelto el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Junta contra diversos preceptos de la Lomce.

La Junta considera que el fallo del Supremo supone un «varapalo» más de la Lomce, por «blindar este tipo de enseñanza contra la coeducación y un sistema educativo basado en la igualdad».

Para Gemma García, portavoz de la plataforma «Mis padres deciden», ayer era un día de «satisfacción por el reconocimiento de un derecho por el que llevamos luchando desde hace mucho tiempo (2014)» y el resultado del «trabajo de muchas personas –CECE, directivos de centro y padres– que no han dejado de luchar». La decisión del TS «acaba con la angustia de muchos padres que no sabían si podrían matricular a sus hijos». Igualmente, el gerente de Altair, se congratulaba por el punto y final a situación de «intranquilidad, sobre todo entre los padres». El proceso ha sido largo –pérdida del concierto, publicación de la Lomce, medidas cautelares, sentencia del TSJA y ahora el TS– para acabar con un conflicto «puramente ideológico».

Un inicio de curso «con normalidad»

La Consejería de Educación acatará la sentencia, pese a que «defiende y seguirá defendiendo» un modelo de educación mixto que no discrimine a niños y niñas. Fuentes del departamento que encabeza Adelaida de la Calle precisaron a Ep que la Administración actuará con «responsabilidad», a raíz del fallo del Supremo, y habilitará los procedimientos necesarios para que la admisión, matrícula e inicio del curso se hagan con «normalidad» en los nueve centros.