Valladolid

Cinco años y medio de cárcel por abuso y acoso sexual contra un menor en Valladolid

Sentencia de conformidad entre las acusaciones y la defensa en la Audiencia Provincial

Exterior de la Audiencia Provincial de Valladolid
Exterior de la Audiencia Provincial de Valladolidlarazon

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado este martes a un hombre, Javier L.C., a cinco años y medio de cárcel por distintos delitos de abuso y acoso sexual contra un menor, que tenía doce años cuando se produjeron los acontecimientos.

La sentencia, que ha sido pactada por los abogados de la acusación y de la defensa, ha hecho que no se celebrara el juicio que estaba previsto para este día en la capital del Pisuerga.

El encausado deberá cumplir cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual cometido contra un menor, otro año de cárcel más por acoso sexual y seis meses más por un delito de obtención de material pornográfico, también en relación con el menor. Además, por este último delito, la sentencia fijada por el magistrado presidente de la Sala de la Audiencia de Valladolid inhabilita a Javier L.C., para cualquier profesión y oficio, sea o no retribuido, que conlleve un contacto regular y directo con menores de edad por un periodo de cuatro años.

La sentencia establece asimismo la prohibición de aproximarse durante tres años a menos de trescientos metros de la víctima, así como a su domicilio y lugar de estudio o trabajo y de comunicarse con él por cualquier medio durante el mismo tiempo.

Por el delito de abuso sexual, la sentencia impone nueve años de la misma inhabilitación para cualquier profesión u oficio del tipo señalado y de aproximación y comunicación durante ocho años, unas prohibiciones que igualmente se aplican por el delito de acoso sexual durante cuatro años en cuanto a la profesión y oficio y de tres años sobre la imposibilidad de aproximación y comunicación.

De la misma forma, el encausado ha sido condenado a libertad vigilada durante seis años , con la prohibición del ejercicio de cualquier actividad onerosa o lucrativa relativa a menores de edad o en centros de menores y la realización de un curso de educación sexual.

Finalmente, cabe señalar que la resolución judicial incluye el pago de una indemnización de 9.000 euros, ya abonada, y la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño