Elena Collado

El juez rechaza imputar a la funcionaria del Ayuntamiento de Madrid que compró a Medina las mascarillas

El magistrado cita a la responsable de compras del Consistorio, Elena Collado, como testigo el próximo 27 de mayo para escuchar su versión sobre la estafa

El magistrado Adolfo Carretero a cargo del “caso mascarillas” ha decidido este viernes que no investigará a la responsable de compras del Ayuntamiento de Madrid, Elena Collado, sino que la llamará como testigo para escuchar su versión el próximo viernes 27 de mayo. Este era uno de los flecos que quedaban pendientes después de esta semana de interrogatorios para esclarecer si la venta de material sanitario al consistorio madrileño por parte de Luis Medina y Alberto Luceño constituyó una estafa.

Tanto el PSOE, el Grupo Mixto y Podemos habían pedido que la coordinadora de presupuestos y recursos humanos y encargada de la firma en los contratos con los dos empresarios investigados fuera imputada. Creían que con esta compra millonaria que se produjo en plena primera ola de la pandemia podría haber un delito de prevaricación y malversación. El argumento se basaba en que Collado firmó con la empresa malasia Leno (responsable de traer los guantes, las mascarillas y los test Covid) sin contrastar la oferta, pagando un precio excesivo y no exigiendo la reposición del precio real.

La Fiscalía Anticorrupción se había opuesto y ahora el titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid también lo rechaza: “no existe hasta el momento ni el más mínimo indicio de una posible cooperación necesaria, complicidad o encubrimiento de la Sr. Collado en la presunta estafa agravada cometida por los investigados”. No consta, dice el juez, que ella percibiera dinero alguno de este negocio, sino que más bien fue engañada por Medina y Luceño que inflaron los precios de los contratos “de manera desmesurada”.

El magistrado no cree que la funcionaria dictara ninguna resolución arbitraria por lo que no ve prevaricación y tampoco cree que haya cometido presiones para dar el contrato específicamente a ellos dos por lo que tacha el tráfico de influencias.

Se detiene más Carretero en el delito de malversación de caudales públicos. Es el que más “consistencia” tiene, pero lo descarta porque requiere que exista un “dolo claro”. Es decir, si Collado hubiera tenido la mala intención de perjudicar a las arcas públicas, el juez entraría a su análisis, pero como cree que se trata más de un fraude anima a las partes a que acudan a la jurisdicción civil para reclamar la responsabilidad contable.

“Con independencia de que la Sra. Collado fuese más o menos diligente en su actuación, no consta por la documentación examinada que tuviese la facultad por sí misma de contratar con la empresa Leno, ni mucho menos de disponer de fondos públicos libremente”, expone este auto de fecha de este mismo viernes. Para el juez, la funcionaria se trató de un embuste de los comisionistas porque había una “imperiosa necesidad” de tener material con el que luchar contra el Covid y cuando ella supo que estaba siendo estafada se lo comunicó a Luceño, “llegando a decirle que iba a acudir a la Policía” por lo que logró la devolución de parte del precio de las compras.

Existía también una petición de imputar a la Concejala Delegada de Hacienda y Personal, Engracia Hidalgo, por prevaricación al haber firmado un convenio entre el Ayuntamiento y la Funeraria municipal (que fue la que adquirió el material de Luceño y Medina) para comprar instrumentos sanitarios y equipos de seguridad durante el Covid. La acusación de Podemos decía que la finalidad de este convenio es eludir la normativa que se aplica a las contrataciones públicas.

“Resulta totalmente ajeno al presente procedimiento enjuiciar la naturaleza del convenio firmado por el Ayuntamiento de Madrid y la Funeraria, sin que exista prueba de que se hizo ‘ad hoc’ en estos contratos para eludir el control de los pagos anticipados”, responde el juez. Si aceptara las acusaciones de Podemos, añade, sería “descabellado” y constituiría “una investigación prospectiva”.