Tribunales
Varapalo judicial al PSOE madrileño
El TSJM desestima el recurso de los socialistas contra el Área de Planeamiento Nuevo Sur Méndez Álvaro, al que calificaron de "pelotazo urbanístico"
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso del PSOE contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid del 7 de febrero de 2024 que aprobaba el Área de Planeamiento Nuevo Sur Méndez Álvaro. El tribunal madrileño, además, impone al demandante el pago de costas. Entre otros motivos, rechaza el argumento de los socialistas de que se había incurrido en un delito de desviación de poder.
Con este proyecto, aprobado en 2023, el Consistorio pasaba a ser propietario del 72% de la parcela, antes de titularidad privada en su totalidad. Sobre ese suelo, el Ayuntamiento preveía ejecutar "varias actuaciones para los vecinos" de esta zona de Arganzuela: una zona verde de 8.500 m2, un equipamiento para el barrio que deberá definir en su momento la Junta Municipal de Distrito y un aparcamiento para la dotación pública. También se buscaba mejorar las conexiones en este entorno urbano, así como la edificación de una o dos torres de oficinas.
El PSOE recurrió el plan ante el TSJM, ya que, en palabras de su portavoz, Reyes Maroto, se trataba de "un nuevo pelotazo urbanístico para favorecer a una empresa privada".
Ahora, el TSJM establece que existe justificación de las actuaciones que cuestionan los socialistas en la memoria. “No puede hablarse de inmotivado y no es cierto que haya actuaciones irracionales o no justificadas”, recoge la sentencia. “No podemos asumir que exista acreditación de ningún tipo de desviación de poder y entendemos que los vicios alegados por la demandante no pueden ser tampoco asumidos al considerar que existe justificación suficiente de los mismos”, redactan los magistrados.
Respecto al hecho en que acusan al Gobierno municipal de eludir sentencias previas que anulaban el plan, el TSJM niega que se haya dictado con la finalidad de eludir el cumplimiento por el mero hecho de que "establece una ordenación completamente diversa de la que fue anulada en su día”.
Por otro lado, el PSOE manifestaba que no había un estudio serio y previo de las alternativas o del modelo de ordenación, para lo que los magistrados contestan que se ofrecen cuatro alternativas, concluyendo que la escogida es la que justifica el interés general de propuesta y cumple con los objetivos ambientales definidos en el Documento Ambiental Estratégico.
También dictamina el TSJM que la calificación y la actuación son correctas y que se obtiene “una mejora cuantitativa de las dotaciones con una intensificación del uso terciario que rodea el ámbito”.