Okupas

Inquiokupas

En la sentencia escribió: «El demandante está en mayor situación de vulnerabilidad que su arrendataria»

Parecía una buena idea, estupenda para la familia y ventajosa con la empresa: emigrar a Asturias, comprar allí una vivienda barata y alquilar la de Madrid. Menos gastos y pulmón económico para la pyme. Allá que se fueron, Nacho, de 58 años, y los suyos. Esto de los cincuentones empresarios es muy de nuestros días. Enseguida se arrendó lo de Madrid, con una inquilina, las mujeres suelen ser de fiar.

Llegó la covid y se paró todo, también el negocio de Nacho. Las deudas con la seguridad social se acumularon, pero al menos se podía pagar la hipoteca de Asturias con el importe del alquiler del piso de Madrid... hasta que aquella mujer dejó de pagar. Pasaban los meses y Nacho amontonaba facturas, gastos propios y de la empresa parada, gastos de la vivienda de Madrid, ningún ingreso. Le costaba dejar en la calle a la señora, pero, con el agua al cuello, convino un día para la entrega de las llaves. Poco antes sonó el teléfono: «Mira, no voy a acudir. Es que no tengo donde ir, estoy sin trabajo. Me he informado y soy persona vulnerable». –¿Qué dices? ¡El que no puede pagar soy yo! Mi empresa va la quiebra y el banco me apremia ¡Necesito alquilar la casa! –Lo siento, no te voy a entregar las llaves.

Empezó el recorrido judicial. Año y medio. Tres lanzamientos, paralizados todos por los servicios sociales. Mientras Nacho suplicaba a los jueces, su empresa seguía en números rojos y dejó de abonar su propia hipoteca en Asturias. Los bancos embargaron ambas casas. «Tuve que elegir entre pagar los gastos de la inquilina y mi propia comida».

Cuando aquella jueza leyó las actas despacio, se hizo cruces. Era difícil establecer quién ganaba en precariedad, si arrendataria o arrendador. Ella carecía de ingresos, cierto; él no sólo no los tenía, es que adeudaba a la hacienda pública y los bancos y, sin llegar a fin de mes, seguía pagando luz, agua, comunidad de aquella mujer, para no perder la propiedad. La señora jueza dejó el caso para consultarlo con la almohada. Escuchó después a la asistente social describir la pobreza de la inquilina. Luego, al letrado de Nacho. En la sentencia escribió: «El demandante está en mayor situación de vulnerabilidad que su arrendataria».

Antes del cuarto lanzamiento, Nacho y la inquilina han cerrado un acuerdo para que ella abandone en un mes la vivienda. Tal vez lo haga, tal vez no, pero el fallo del tribunal ha sentado precedente. Lo contó Diego González en mi programa de Cope y me ha servido para entender la nueva palabra: inquiokupas. Pónganla en rojo.