El desafío independentista

86 y 155

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Estos son dos artículos de la Constitución previstos para afrontar situaciones extraordinarias que, al margen del procedimiento legislativo común, requieran de una respuesta urgente para velar por el interés general.

El art. 155 es conocido porque se ha comentado mucho últimamente. El 86 está previsto «para casos de extraordinaria y urgente necesidad», y permite al Gobierno dictar excepcionalmente disposiciones legislativas aprobadas solo por el Consejo de Ministros, con la intervención del Congreso únicamente a posteriori. Su uso abusivo causa reproche político y recurso ante el TS cuando se cree que no se ajusta a sus requisitos de excepcionalidad.

Lo increíble es que este artículo se haya utilizado para exhumar a Franco alegando «extraordinaria y urgente necesidad», tras 44 años enterrado en una Basílica. Y me parece grave que el TS haya validado tamaño desafuero por unanimidad. Soy Ingeniero y no jurista, pero semejante atentado al sentido común, ha ocasionado un grave daño a la confianza de muchos ciudadanos en la justicia.

Entre remover a Torra de la presidencia de la Generalitat, o remover a Franco de su tumba, Sánchez considera esto último «más urgente y necesario» para el bien común. Para ello, una amplía dotación de la Guardia Civil se ve obligada a cumplir órdenes en el Valle impidiendo la asistencia a Misa y obstaculizando la recogida de los niños de la Escolanía, en lugar de estar en Cataluña cumpliendo con su deber, defendiendo el orden y la ley.