España

Sentencia de alto riesgo

No deja de ser un amargo contrasentido que un país impecablemente democrático como España –cuya legislación penal, además, se encuentra entre las más garantistas del mundo y es puesta como ejemplo por las organizaciones jurídicas internacionales– esté sometido al escrutinio de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo a cuenta de una interpretación jurídica de una ley preexistente que fue avalada tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional. Porque la llamada «doctrina Parot» responde exactamente a lo que su denominación indica, y no, como pretenden sus detractores, a una ley «ex novo», lo que invalida cualquier acusación de retroactividad. A la espera de la inminente decisión del tribunal europeo, y sin que haya por nuestra parte intención alguna de condicionar a los jueces, sí faltaríamos a nuestro deber si no advirtiéramos de las graves consecuencias que acarrearía para la seguridad general de los ciudadanos una sentencia negativa que obligara a poner en libertad, a devolver a las calles de los pueblos y ciudades de España –y aun, dada la ausencia de fronteras entre los países de la UE, de los de otras naciones– a unos delincuentes convictos de crímenes horripilantes, en muchos casos reincidentes en la primera ocasión que se les presentó y en absoluto arrepentidos o reinsertados socialmente. Porque la «doctrina Parot», aunque debe su nombre a uno de los asesinos más sanguinarios de ETA, Henry Parot, miembro del «comando» que cometió, entre muchos otros, el vil atentado contra la Casa Cuartel de Zaragoza, con el resultado de 11 muertos, entre hombres, mujeres y niños, no se aplica exclusivamente a los reos de terrorismo, como muchos pueden creer, sino a todos aquellos delincuentes de especial peligrosidad, cuya liberación prematura supone un riesgo inaceptable para la sociedad. En caso contrario, se haría una excepción por tipo de delito que nuestra legislación considera anticonstitucional. No. El riesgo de que el Tribunal de Estrasburgo tome una decisión errónea es mucho más grave. Ahí están los casos de Miguel Ricart, el bestial asesino de las tres niñas de Alcásser; de Pedro Luis Gallego, autor del asesinato de dos adolescentes y de 18 violaciones; de Pedro Manuel García Ribado, autor de 74 violaciones de jóvenes menores de edad; o el de Juan Manuel Valentín, que violó y asesinó a la pequeña de nueve años Olga Sangrador cuando disfrutaba de un permiso carcelario de seis días, pese a estar condenado por otras dos violaciones previas. Amén de unos 65 terroristas de ETA que acumulan decenas de asesinatos de los cuales jamás se han arrepentido. Son estos monstruos los que se beneficiarían de un cambio legal impuesto desde Europa. Conviene que los jueces no pierdan de vista lo que está realmente en juego.