Siniestralidad

Al menos 1.097 muertos en las carreteras españolas, un 14% más que en 2021

2022 ha estado marcado por la entrada en vigor de la nueva ley de tráfico

Efectivos de la Guardia Civil de trabajan en las labores de desbrozamiento y preparación del autobús accidentado para sacarlo del agua, en el río Lérez, el pasado 26 de diciembre
Efectivos de la Guardia Civil de trabajan en las labores de desbrozamiento y preparación del autobús accidentado para sacarlo del agua, en el río Lérez, el pasado 26 de diciembreGustavo de la PazEuropa Press

El año 2022 ha registrado al menos 1.097 fallecidos en vías interurbanas a fecha 19 de diciembre, cuando en el mismo periodo de hace justo un año (del 1 de enero al 19 de diciembre de 2021) el número de muertos en las carreteras ascendía a 965. Esto supone una diferencia de 132 pérdidas humanas y, en términos porcentuales, de un 14 por ciento.

Así lo registran los datos provisionales de la Dirección General de Tráfico (DGT) contabilizados a 24 horas (las muertes en las 24 primeras horas del siniestro). En 2020 el número de personas fallecidas en carreteras españolas se situó por primera vez por debajo de las 1.000 víctimas, con 975, lo que supone una reducción del 21% respecto a 2019. Sin embargo, hay que tener en cuenta que 2020 estuvo marcado por la reducción de los desplazamientos de largo recorrido por las restricciones de movilidad impuestas a causa de la pandemia de COVID-19.

Los datos de la DGT, recogidos por Europa Press, ponen de relieve que con respecto al año 2019 --ejercicio de referencia sin restricciones a la movilidad por la crisis sanitaria-- el número de muertos en vías interurbanas en 2022 ha crecido un 4%, con 40 personas fallecidas más hasta el 19 de diciembre.

Con 51 fallecidos hasta el 19 de diciembre (frente a los 85 muertos que se contabilizaba por entonces durante las mismas fechas de hace un año y 101 muertes de 2019), 2022 ya es el segundo año más siniestro en carreteras de los últimos tres ejercicios, seguido de 2019, con 1.101. Además, a estas cifras hay que sumar los fallecidos registrados durante la Operación Especial de Tráfico con motivo de las fiestas navideñas.

Desde 2004, la siniestralidad en carretera ha ido descendiendo de manera continuada en España, pasando de los casi 3.500 muertos a menos de 1.200 en el último lustro. Si bien, desde 2013 las cifras, aunque han ido descendiendo, han sido muy similares, con 1.134 muertos en 2013, 1.132 en 2014 y 1.131 en 2015, siendo este último año el que menos muertos registraba hasta entonces.

A partir de 2015 el número de fallecidos comenzó a aumentar: 2016 contabilizó 1.161 muertos, mientras que 2017 registró todavía más, 1.198 muertos. No obstante, el 2018 finalizó con 1.188 fallecidos, una decena menos que el año anterior, revirtiendo así la tendencia al alza de los dos años anteriores, y 2019 marcó el registro histórico de 1.057 muertes, la cifra más baja de la historia antes de la llegada de la pandemia.

En 2020, el número de personas fallecidas se situó por primera vez por debajo de las 1.000 víctimas, con 975, lo que supone una reducción del 21% respecto a 2019; mientras que en 2021 volvió a superar el millar de fallecidos.

En materia de seguridad vial, 2022 ha estado marcado por la entrada en vigor en marzo de la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, una reforma que eliminó el margen de 20 kilómetros hora (Km/h) adicionales para realizar adelantamientos a otros vehículos en las carreteras convencionales. La DGT se ha dado un plazo de un año para analizar la eliminación de este margen, una medida que ha generado polémica.

El conjunto del proyecto de ley, que modifica la Ley de Tráfico de 2015, tiene como objetivo el agravamiento de las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo.

Entre las novedades que incluye esta reforma normativa destacan la penalización con seis puntos del carnet conducir sujetando el móvil con la mano; con cuatro no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección; así como se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.

La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en “utilizar” mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de “llevar en el vehículo” esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de tres puntos que se asignaba a la anterior infracción.

Se hace obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, manteniendo la cuantía de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

Por otro lado, aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.

Se fija en dos años sin cometer infracciones el plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.

Asimismo, los conductores pueden recuperar dos puntos del carné a través de la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.

En relación con los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal), la ley les prohíbe circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.

También se pueden usar dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Se añade una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía, por no respetar las normas derivadas de escenarios anticontaminación y de las zonas de las bajas emisiones.

Igualmente, se castiga con 500 euros de sanción el uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en exámenes para la obtención y recuperación de permisos de conducir u otras autorizaciones administrativas o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. SEÑALES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

De cara a 2023, se prevé la llegada de nuevas señales de tráfico a las carreteras españolas. Los ministerios del Interior y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana trabajan en distintas modificaciones del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico, entre ellas plantean dar una perspectiva de género para señales como aquellas próximas a los colegios.

Entre las señales de advertencia que se proponen con perspectiva de género destacan la P-21a que avisa de peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niños, como una escuela, una zona de juegos, etc, donde ya no es el niño el que lleva de la mano a la niña sino al revés.

En la misma línea, la indicación de zona peatonal cambiará en función de esta propuesta. En la nueva señal será un hombre en que empuje el carrito de un bebé, mientras la mujer mira hacia el lado opuesto. Lo mismo ocurre con el pictograma que avisa de la proximidad de un supermercado, en el que un hombre lleva el carro de la compra y no una mujer.

| 31/Dic/2022 12:44:52 (EUROPA PRESS) 12/31/12-44/22