Desalojo
Una abuela okupa la vivienda de su propia nieta: “No solo no estaba pactado…”
La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia sobre el caso, que estalló tras la muerte de la madre de Blanca, la actual propietaria
El enemigo está en casa. Parece un simple tópico, pero en muchas ocasiones se convierte en una cruel realidad, incluso en las cosas más básicas. Una de las cosas vitales para sobrevivir es la vivienda, lugar donde comer y descansar, entre otras muchas cosas. Ser propietario es la meta de muchas personas, especialmente cuando se alcanza una edad y se tiene un trabajo estable. Sin embargo, el sueño muchas veces se torna en pesadilla.
Los problemas vienen causados en muchas ocasiones por los okupas, que aprovechan cualquier resquicio para entrar y asentarse en viviendas ajenas. Uno puede prepararse para ello e intentar prevenirlo, lo que nunca espera es que la okupación llegue de alguien del entorno cercano. Se han hecho públicos varios casos de allegados, como en el caso de una mujer que acabó sufriendo una okupación de la que fuera la cuidadora de su madre.
Todo se desencadenó tras la muerte de su madre, al igual que en un nuevo caso, todavía más llamativo. Blanca denunció que la okupación de su propia abuela al heredar el piso tras la muerte de su madre. El caso, revelado por 'ABC' está en los juzgados y comenzó en 2022, momento en el que se interpuso el recurso para que la abuela abandonara una vivienda de su propiedad que okupaba en precario.
Denuncia a su propia abuela
El motivo por el que se interpuso la demanda fue por entender que estaba de okupa sin título alguno y sin pagar ningún tipo de contraprestación, es decir, alquiler. En un primer paso fue rechazada, pero la nieta recurrió y la Audiencia Provincial de Madrid obligó a la abuela a abandonar el piso tras ser condenada. La decisión era clara: "Condenada a abandonar el inmueble bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo efectúa de forma voluntaria".
Lo que pagaba la abuela se hizo público en las siguientes condiciones hasta que falleció su hija y el piso pasó a manos de su nieta Blanca: "Sin necesidad de abonar cantidad alguna, limitándose a hacerse cargo de los gastos de agua y gas". "Nunca se planteó ni acordó el pago de una renta ni la constitución de un arrendamiento", explicaba el documento. Blanca hizo un intento para que Florencia se mantuviera ahí y consistió en que los tíos pagaran 250 euros, además de los suministros pagados por la abuela, para poder afrontar los gastos.
La versión de Florencia
El recurso de la abuela estaba basado en ese pago: "Dicho precio no sólo no estaba pactado con anterioridad con la anterior propietaria de la vivienda sino que, además, excede claramente del importe de los gastos de la vivienda, y por lo tanto, supone un beneficio económico que percibe la propietaria", alegaba. Sin embargo, la sentencia explica que no supone que hubiera ninguna intención de constituir un contrato de arrendamiento. El auto es claro: "La defensa se basa en hechos distintos y contradictorios".
La Audiencia Provincial establece que el importe que se abonaba era una ayuda y no un alquiler ni existió acuerdo sobre la duración. Sobre la defensa de la abuela es contundente: "Pretende construir un relato alternativo sobre unos hechos que ya han sido valorados y descartados". Es tan duro como triste que un asunto familiar se tenga que acabar resolviendo de esta manera y sin poder llegar a un acuerdo beneficioso para todas las partes.