
Coche
¿Cuánto dinero puedo llevar en mi coche? El límite para que no te lo confisquen
Esto es lo que dice la ley sobre el efectivo que puedes transportar por carretera

No es inusual tener algún billete guardado en la guantera del coche por si acaso. De hecho, muchas personas todavía acostumbran a viajar con grandes cantidades de dinero en efectivo para casos de emergencia o gastar en vacaciones.
Sin embargo, es importante que aquellos que gusten de sacar dinero en el cajero antes de emprender un viaje en coche, recuerden que no se puede circular con cualquier cantidad de efectivo.
¿Cúanto efectivo puedo llevar en el coche?
La legislatura española (Ley 10/2010) establece que dentro del territorio nacional solo se puede circular ( en coche o de cualquier otra manera) con un máximo de 100.000 euros en metálico sin declarar. En el caso de entrar o salir de España, esta cifra se reduce a los 10.000 euros.
¿Hay que acreditar el origen y destino del dinero?
En realidad, llevar cantidades superiores a la establecida no está prohibido como tal. Lo único es que partir de las cantidades establecidas, la ley advierte que será necesario contar con un certificado que acredite la procedencia y el destino de ese dinero.
Así pues, en caso de viajar con una cantidad de efectivo mayor a 100.000 o 10.000 euros en el extranjero, el portador deberá llevar un documento donde aparezcan sus datos, los del propietario y el destinatario o remitente de dicha liquidez.
También es necesario detallar el importe transportado, su naturaleza y procedencia, el uso previsto del dinero y el itinerario y modo de transporte.
Si eres una persona física que transporta el dinero de empresas " debidamente autorizadas e inscritas por el Ministerio del Interior, ejerzan actividades de transporte profesional de fondos o medios de pago, excepto cuando se trate de movimientos de entrada y salida de la Unión Europea" quedas exento de la obligación de hacer la declaración previa.
¿Qué pasa si te pillan con efectivo sin declarar?
Si por un casual te "despistas" y circulas con 100.000 euros o intentas abandonar el país con 10.000 sin declarar y te incauta la guardia civil, lamento decirte que estás en graves problemas.
Las autoridades procederán a aplicar el artículo 52.3 de la ley 10/2010, que tipifica esta acción como infracción grave. Los agentes incautarán el dinero y según el artículo 57.3, se expedirá una multa "cuyo importe mínimo será de 600 euros y cuyo importe máximo podrá ascender hasta el 50 por ciento del valor de los medios de pago empleados". Esta cifra no supone un pago pequeño, sobretodo ahora que ya no tienes los 100.000 euros encima.
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