Fuerzas de Seguridad

La Guardia Civil extiende el servicio de cita previa a 377 puestos

Permite agilizar el trámite de denuncias no urgentes

Agente de la Guardia Civil
Agente de la Guardia CivilGuardia Civil

La Guardia Civil amplia el sistema de cita previa a 377 puestos. Fue implantado a partir de octubre de 2021 como experiencia piloto del servicio para interponer una denuncia penal o administrativa; o realizar cualquier trámite no urgente en seis puestos de las comandancias de Madrid, Alicante y Almería.

Se fue ampliando a los puestos principales de dichas comandancias y algunos puestos ordinarios y posteriormente, en julio de 2022, a 261 puestos de 43 provincias.

A la vista de los resultados obtenidos durante todo este periodo de tiempo, se ha decidido su ampliación a 377 Puestos de las referidas 43 provincias, y entre ellos, todos los de Cantabria, Segovia, Madrid y Las Palmas, además, de siete más a los actualmente habilitados en La Rioja, entre los que se encuentra, su Oficina Móvil de Atención al Peregrino.

El servicio de cita previa en las oficinas de atención ciudadana permite reservar desde la web oficial www.guardiacivil.es un turno de atención personal en las oficinas de la Guardia Civil de las unidades en la que se encuentra implantado, bien para la presentación de denuncias o para realización de cualquier otro trámite no urgente de los que se pueden realizar en un puesto.

Entre las finalidades que persigue esta medida está la de garantizar la previsibilidad y certidumbre para conocer cuándo y en qué momento va a ser atendido, evitando de esta manera posibles demoras; y ofrecer a las personas una mejor atención, al poner a su disposición a un agente especializado a su necesidad específica durante el tiempo necesario, respetando además las prácticas higiénico-sanitarias, al evitar aglomeraciones innecesarias en las dependencias.

Este servicio no está recomendado en los casos en los que no es conveniente posponer una denuncia, como sería el de los delitos en los que se haya empleado violencia o intimidación; cuando exista un autor que pueda ser reconocido por la víctima o los testigos; la desaparición de personas; cuando la víctima del delito sea menor de edad no emancipado o persona con discapacidad; si el delito se está cometiendo o se acaba de cometer; o se ha producido en inmuebles con escalo, fractura de ventanas, puertas, paredes, etc., así como cuando se trate de hechos que requieran de la pronta presencia de agentes en el escenario de los hechos.